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Es innegable la libertad y autonomía con que cuenta, de unos pocos años hasta nuestros días, y con algunas excepciones, los que ostentan la calidad de columnistas en los diferentes medios de comunicación escritos, dándose así, para los primeros, la plena libertad de expresión, y, para los segundos, la libertad de prensa. Como corolario de lo anterior, traigo a colación dos artículos publicados recientemente por el diario El Tiempo de Mauricio Vargas y Plínio A. Mendoza, sobre unas críticas a La Corte Suprema de Justicia y al Fiscal General, respectivamente, sobre el supuesto de un “odio” o de una “saña” al proferir unas decisiones respecto de una extradición a un ‘narco’ y de una medida de aseguramiento a un Ex -militar por Concierto para Delinquir en la modalidad de paramilitarismo. En ninguno de los mencionados artículos se esboza un argumento jurídico valedero que refute o controvierta de manera contundente, lógica y razonada las ya dichas decisiones. Situación que me causó gran sorpresa de ver copada la página editorial de ese prestigioso Diario con estos artículos estultos que no aportan nada positivo a los ávidos lectores. En días pasados envié a El Tiempo y a la Revista Semana un artículo titulado “Libertad de Expresión o licencia para atropellar e injuriar” para mi blog “Sopa de Agujas”, refiriéndome al publicado de Vargas, ya que el otro no vale un comentario.
El 29 de Marzo del presente año, El Tiempo, sección blogs publicó “Preguntas para colombianos por la paz” del coronel Luís Alberto Villamarín Pulido. Como un simple, desprevenido e inquieto lector, enemigo a ultranza de cualquier modalidad o manifestación de violencia, apolítico y, por sobre todo, amigo de la tolerancia para lograr una convivencia pacífica que nos merecemos y anhelamos, consideré necesario y saludable para solaz del espíritu hacer unas reflexiones sobre dicho escrito: Deduzco por el titulo del blog “Análisis del conflicto colombiano” que las preguntas formuladas a la ONG buscan respuestas que coadyuven a determinar, entender y comprender las causas patológicas que originaron el conflicto, para así diagnosticar la endemia y recetar el antídoto o remedio para su sanación. No se puede esperar una respuesta concreta a una pregunta que pierde su esencia como tal, cuando ésta se convierte en un casi señalamiento acusatorio, lo que ayuda poco a la pretensión del análisis.
Hay ciertas gestiones que se desarrollan a motu propio, sobre todo en asuntos de negocios, y son reconocidas y reguladas por el Derecho Privado y se conocen comúnmente como Agencia Oficiosa o Gestión de Negocios, y se da con más frecuencia cuando los intereses ajenos están en peligro inminente, labor esta que se asume sin que medie solicitud verbal o escrita de mandato. Y si esta figura jurídica se acepta con beneplácito por parte del dueño o interesado, con mayor veraz si se trata de una intermediación o solicitud altruista, humanitaria, gratuita, desinteresada, voluntaria y, sobre todo, de buena fe, buscando a toda costa la liberación de unas personas sepultadas vivas en la manigua y sometidas a los vejámenes más rastreros e insoportables, lo cual merece todo el reconocimiento y admiración, sin interesar ni considerar si la mediación la hizo un alma en pena, un familiar o el gobierno nacional, éstas cosas son secundarias e inocuas
Se debe de hacer claridad en un término o palabra muy recurrente en la formulación de los interrogantes: COMPLICE- vocablo taxativo e inequívocamente determinante de una conducta o comportamiento delictivo, no indispensable en la perpetración del hecho, pero sí de cooperación en actos anteriores o simultáneos. En materia penal la Autoría, la Complicidad y el Encubrimiento, no obstante de tener una estrecha relación o conexidad en la comisión de delitos, son figuras jurídicas completamente distintas que tienen como común denominador una conducta punible: el delito, y, como tal, debe de ser denunciado por toda persona que tenga conocimiento de su realización ante autoridad judicial para su investigación y penalización. ¡Así de simple y sencillo!
 
En las principales ciudades de Colombia, así como en muchas otras del Mundo, de forma simultánea y en solidaridad, se han realizado multitudinarias marchas como manera de protesta, rechazo y condena a las incursiones sangrientas y delictivas no sólo de las FARC, sino del resto de grupos al margen de la ley, sin que esta gran presión colectiva haya siquiera tratado de persuadir en lo más mínimo su mente distorsionada y perversa. Lejos de pensar, y sería ingenuo e infantil, que un comunicado de condena por parte de una ONG cada vez que ocurra un acto terrorista sirva como “catarsis” frente a una presunta y temeraria vinculación

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Marco Aurelio Uribe García, abogado. Manizales

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  1. A propósito de formular comentarios que afecten el estatus de las entidades públicas de control en materia disciplinaria, fiscal y penal, no se requiere para visualizar la problemática de idoneidad funcional, realizar mayor esfuerzo intelectual para entender la raíz del problema del porqué del alto nivel de corrupción de los entes de control, precisamente es ahí donde nace y se radica el problema de la corrupción que se expanden a otras esferas relacionadas con el manejo del gasto público, tejiendo toda una estructura de impunidad a falta de idoneidad y economía procesal, omisión legal que permite aplicar una justicia laxa y macilenta al patrocinar con sus decisiones judiciales amparada bajo la amañada retorica normativa que nos rige. por otra parte, la gran mayoría los quejosos no tenemos la suficiente importancia por el bajo perfil socioeconomicopolítico para ser oídos, creo no equivocarme al respecto, me parece ridículo, censurable y falta de ética funcional por parte de los entes control, quienes cuentan con una vasta y suficiente experiencia en adelantar procesos disciplinarios, fiscales y penales en forma idónea y expedita para racionalizar la calidad de las denuncias, parece que las normas al respecto no tienen eco jurídico, Veamos, el gobierno nacional y los entes de control son expertos en interpretar de manera subjetiva y a su conveniencia la aplicación de las normas para castigar la corrupción a tiempo sin violar el debido proceso(etapa procesal extensa generadora de corrupción. espero que este ligero comentario me permita ahondar más en el tema gracias sobre de herramientas jurídicas no espurias para adelantar investigaciones objetivas y diligentes a través de la bien concebida norma sobre la investigación preferencial o excepcional, procedimiento que solo existe en el papel, porque nuestros funcionarios investigadores que por orden legal gozan de inmunidad laboral por estar en la mal llamada carrera administrativa,

  2. sres de codigo de etica en nombre del municipio de colón,la libertad EXIJIMOS que se investigue en la alcaldia de colón como puede ser posible que contraigan matrimonio entre concejal y tesorero mpal. actual tengo entendido que hay un articulo que manifiesta no poder contraer nupcias,mas ocupando cargos como LO ESTA EJERCIENDO EL SR.JOSE LEONEL TORRES acaba de ser nombrado y esta ejerciendo el cargo de terorero mpal. en alcaldia central y MARIA OLIMPIA ZELAYA DE TORRES como concejal propietarial, ambos gozan de confianza del sr. alcalde y la corrupta ladrona Lic.sandra Carolina Duran a la cual investiguen y preguntence por que simpre salen bien en las auditorias de corte de cuentas siempe sobornan esperamos que hoy no tenenmos pruebas, por favor investiguen hasta donde han llegado que se casan entre ellos y siempre siguen ambos obteniendo puestos pùblicos. INVESTIGUEN LES DEJAMOS LA TAREA , PRONTO COMENTAREMOS MAS. Hagan justicia pronto muchos empleados sufren y callan, lo que hacen es somerlos con temores de quitar empleos.basta ya.

  3. son ambas, maestro : son denuncias publicas, hechas a traves de preguntas capciosas, que ademas, obtienen respuestas y comentarios de quien menos se espera………..con un item : los preguntados, guardan silencio….. tal vez le otorgan razon a quien denuncia………………y, les salen defensores de oficio, que pretenden descalificar, sutilmente, lo cuestionado.

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