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*Por Laura Santacoloma

La concentración de poderes excepcionales en cabeza del Presidente puede llegar a ser tan frecuente como alarmante si a la emergencia generada por la pandemia y sus sucesivos brotes se le suman los impactos actuales y futuros del cambio climático y la variabilidad del clima. El desbalance del sistema de pesos y contrapesos frente a la adopción de medidas urgentes y severas para conjurar las calamidades públicas es un riesgo enorme frente a la posibilidad de continuar gozando de los derechos y libertades que nuestro Estado Social de Derecho nos garantiza. Y dadas las acertadas predicciones de los científicos hechas hasta ahora, las democracias corren serio peligro.

Según lo advertido por numerosos científicos y epidemiólogos, la actual emergencia no solo se manifestará con gravedad esta vez. Es probable que, ante la ausencia de una vacuna, sea necesario repetir más de una vez la misma fórmula. Es decir, se advierten declaratorias de emergencia una tras otra. Frente a ese escenario al que se suma la preocupación por los crecientes efectos del cambio climático, es necesaria una reflexión sobre la utilidad de las medidas que hemos conocido para conjurar la excepcionalidad y que, tal vez, se convierta en un proceder permanente ¿cómo diferenciaremos la normalidad de la anormalidad?

Fotografía: Archivo DejusticiaEn la historia reciente del país se han declarado múltiples estados de excepción originados en eventos extremos, tales como grandes sequías, temporadas de fuertes lluvias, sismos, ríos desbordados, etc., y, el actual, como consecuencia de la pandemia covid-19 -de probable origen zoonótico- y declarada como emergencia social, económica y ecológica porque afecta fuertemente la salud humana y su relacionamiento con el entorno. Si algo han evidenciado estos incidentes es que, aunque son esencialmente catastróficos, las vulnerabilidades territoriales asociadas a la desigualdad socioeconómica, violencia, falta de planeación del territorio y gestión del riesgo aumentan la magnitud de los eventos.

A diferencia de otros estados de excepción, frente a las emergencias ecológicas existe información científica suficiente para alertar sobre la intensidad y alta frecuencia de los desastres que se generarán por los efectos del calentamiento de la temperatura planetaria, la degradación de los suelos y la pérdida de biodiversidad en un horizonte de menos de 30 años. Según el del reporte especial del IPCC -SR15 (2019), las emisiones de CO2 deben caer cerca de un 45% para 2030 y alcanzar emisiones cero en 2050. Y aun así, Naciones Unidas (2019) alerta que en el mejor escenario de cumplimiento de los actuales compromisos adquiridos por las Partes en el Acuerdo de Paris frente al calentamiento global, el mundo está expuesto a un aumento de 3.2° C y a los consecuentes y catastróficos de eventos climáticos.

Ante este contexto y tomando en cuenta las proyecciones sobre cambio climático y la copiosa información sobre vulnerabilidades sociales, deben plantearse nuevas rutas de prevención, atención y mitigación que eviten acudir a la declaratoria de estados de excepción, y así conservar el equilibrio de poderes y evitar que el Estado Social de Derecho no sea tan gravemente afectado en la posteridad convulsionada que se vaticina. Hoy las instituciones democráticas no parecen estar preparadas para este desafío y menos para para reducir la marcada desigualdad social existente o si quiera para cumplir los compromisos internacionales en materia de cambio climático y adoptar medidas efectivas para detener los motores de la acelerada y salvaje deforestación de los bosques del país.

Como se ha advertido, la concentración de tanto poder en un solo órgano, en una sola persona, potencia el riesgo de consolidar regímenes totalitarios y excesos de las autoridades, especialmente en un contexto de institucionalidad tan poco fortalecida como la colombiana. Por eso, los controles a las facultades excepcionales y la evaluación anticipada de nuevas formas de administrar esas urgencias debe fortalecerse, si es que se quiere mantener en primera línea la reducción de las vulnerabilidades de las poblaciones más expuestas y la estructura democrática del Estado.

Dada la información social, técnica y científica existente ¿el estado de emergencia ecológica es la medida más eficaz ante eventos catastróficos de ocurrencia probable? No lo creo. Sin duda, los instrumentos de ordenamiento territorial, adaptación al cambio climático, gestión del riesgo y las instituciones involucradas deben robustecerse para garantizar condiciones básicas de seguridad física, hídrica, económica y alimentaria, atención médica, participación ciudadana y protección de la autonomía de saberes tradicionales y locales. Tal vez con eso nos ahorremos la sucesión de poderes concentrados tan riesgosamente en cabeza de un mandatario.

La coyuntura presente acentúa la colisión entre la defensa del Estado y la vigencia del Estado Social de Derecho. Parte de la adaptación a las nuevas circunstancias críticas de la pandemia y al cambio climático implica la restructuración de instituciones de todos los órdenes para reducir la vulnerabilidad, no solo física y económica, sino de la estructura misma de la democracia.

P.S. Muestra de la debilidad del Estado, aún con los poderes extraordinarios del estado de emergencia, es la grave situación del Amazonas. De no adoptarse medidas pronto, la tragedia para el país, las comunidades indígenas y demás habitantes de esa región será inmensa.**

*Investigadora en Dejusticia

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Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad / Center for the Study of Law, Justice and Society. We work to promote human rights in the Global South.

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