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Desorientada. Es lo único que puedo decir al ver como la Corte Constitucional reiteró que las parejas conformadas por personas del mismo sexo sí constituyen familia.
Y es que la Corte, que se ha atribuido el rol de ser «la conciencia del pueblo», tomando decisiones que no tienen nada que ver con sus funciones, ahora ha decidido modificar totalmente el concepto de familia.
Vamos por partes. ¿Qué es familia? Para Tomás Melendo, Doctor en Ciencias de la Educación y Doctor en Filosofía, en su libro «Familia, ¡sé lo que eres!«, la familia es la unión de un hombre y una mujer esposos. Por otro lado, las ciencias humanas definen a la familia como una comunidad en donde el amor de los padres (hombre y mujer) hacia sus hijos no está condicionado por nada ni por nadie y esta valoración es la que genera salud y bienestar personal y social. La familia es en la práctica el único ámbito en el que el ser humano vale por lo que es, no por lo que tiene, y esta es una profunda necesidad antropológica.
Ahora bien, estas definiciones no se basan únicamente en lo teórico. Es necesario reconocer, como lo afirma Cristian Conen en su libro «Ecología humana, hacia una cultura personalista basada en la perspectiva de la familia«, «que la familia matrimonial es la piedra angular de la sociedad (en donde) nos hacemos responsables del amor a nuestros conyugues e hijos«. Otra más: de acuerdo con el documento «Matrimonio y bien común. Los diez principios de Princeton», producto del debate y análisis de más de 52 especialistas en historia, economía, psiquiatría, derecho, sociología y filosofía, el matrimonio es «la unión personal, para toda la vida, entre un hombre y una mujer«. Para el documento, que sería bueno que la Corte lo leyera, esta manera de entender el matrimonio no es simplemente religiosa, «sino que es fruto de una amplia experiencia y reflexión humana» que se apoya en las pruebas que aportan las diferentes ciencias sociales.
Naturalmente el cuerpo del hombre y la mujer están diseñados para la concepción, producto y fruto del amor conyugal que no es más que una entrega total, incondicional, voluntaria, libre y auténtica. Y si bien no se trata única y exclusivamente de un tema moral, bien vale la pena, en medio de tanto terrorismo de valores, traer a colación algunas referencias que hizo el beato Juan Pablo II en «La teología del cuerpo«, serie de 129 catequesis dadas durante sus audiencias de los miércoles entre septiembre de 1979 y noviembre de 1984.
Allí Juan Pablo II expresa que «la diferencia-complementariedad entre el hombre y la mujer es el más básico ser el uno para el otro que existe a nivel de relaciones humanas, y hace posible el amor que llamamos sexual. En el ser humano el acto sexual se abre a la procreación como acto de amor. El amor de los progenitores se difunde en el amor hacia el hijo que viene procreado. El matrimonio es el único «lugar» existencial en que el ejercicio físico de la sexualidad alcanza su dignidad de amor, pues se integra en la donación mutua de toda la persona» (Familiaris Consortio n. 11). Y reafirma su idea cuando dice que «el único «lugar que hace posible esta donación total es el matrimonio, es decir, el pacto de amor conyugal o elección consciente y libre, con la que el hombre y la mujer aceptan la comunidad íntima de vida y amor«.
Lo dicen las ciencias sociales y las humanidades. Ahora bien, me pregunto ¿cómo la Corte afirma que las «parejas homosexuales» constituyen o pueden llegar a constituir «familia»? Tocaría modificar todos los conceptos sociales, científicos, teológicos porque la Corte quiere dictar sentencia sobre algo para lo cual no está llamada y sobre lo cual no debería tener injerencia alguna. De acuerdo con Melendo, todo esto se trata de «tendencias y propuestas políticas carentes de un adecuado fundamento antropológico y ético.»
Quiero aclarar que no tengo nada contra los homosexuales. Me parece que en su libertad tienen todo el derecho de escoger el camino que quieran. Como seres humanos y ciudadanos que son tienen derechos y deberes: salud, bienestar, participación, caridad y respeto, así como tienen que respetar a quienes pensamos diferente, aunque normalmente piden voz mientras censuran y atacan a quienes creemos que la verdadera revolución es la familia natural y única.
No puede la Corte acabar con las estructuras de las mayorías en «defensa» de unas minorías que tienen sus derechos establecidos por la Constitución Nacional. No puede la Corte Constitucional modificar una estructura humana y social en aras de buscar una supuesta igualdad y respeto. Así, según las decisiones de la Corte, además de la «Cátedra del aborto» los colegios, por ejemplo, deberían enseñar que existen dos tipos de familias: una conformada por un hombre y una mujer (la natural) y la otra conformada por personas del mismo sexo (la de la Corte Constitucional).
No señores de la Corte, así no es. Deben saber, porque evidentemente lo desconocen, que el matrimonio y la familia es una unión natural de amor incondicional de un hombre y una mujer. No una moda que se puede cambiar al vaivén de una mal entendida modernidad por parte de muchos, incluidos ustedes.
Punto aparte: Se acerca la Semana Santa. Momento de reflexión, encuentro y comunión en familia.
Agradezco a profesores y amigos por sus valiosos aportes en la construcción de este texto. Ellos saben quiénes son…
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