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@JuanPabloMed

Por segunda vez en menos de un año, los servicios de Whatsapp son bloqueados por la justicia de Brasil. En esta ocasión, el juez penal Marcel Maia Montalvão del municipio de Largarto en el Estado de Sergipe, una pequeña ciudad de 100 mil habitantes, ha ordenado el bloqueo por 72 horas del servicio de Whats App en todo Brasil, afectando alrededor de 100 millones de usuarios en dicho país.

Parece insólito, pero es cierto. Un juez de esa pequeña ciudad ha tomado una decisión de una dimensión desproporcionada, que por una situación eminentemente particular, ha generado la afectación de los derechos de millones de brasileños, ante petición de la Policía Federal, en la cual, se indica que Whatsapp debe cumplir las órdenes judiciales de compartir información sobre un hecho criminal que es investigado en ese país.

Foto:tomada de Flickr.com citada en http://www.eltiempo.com/mundo/latinoamerica/bloqueo-whatsapp-brasil-reaccion-de-la-aplicacion/16580333

Brasil sin Whatsapp

El juez se equivocó, y lo digo enfáticamente…

El desconocimiento de aspectos básicos sobre Internet se está convirtiendo en un grave problema que toma dimensiones jurídicas descomunales. Whatsapp es una aplicación o servicio “destinado a ser un reemplazo de SMS, utilizando el servicio de datos a través de teléfono de un usuario (ya sea a través de la red celular o Wi-Fi)”, es decir una simple aplicación de mensajería, donde por ejemplo una carta digital (mensaje) se entrega a su destinatario, sin que el intermediario guarde copia de su contenido. Es como si habláramos en el mundo offline, que el cartero nos entrega una comunicación, y éste se queda con copia en sus archivos de todo lo que recibimos. Esto es impensable.

Los Términos y Condiciones de la aplicación mencionan que los mensajes entregados “no ​​se copian, se mantienen o son archivados por WhatsApp”, solo sí “el mensaje no ha sido entregado se mantiene en el servidor de WhatsApp hasta que pueda ser entregado. Si el mensaje es no entregado por treinta (30) días, el mensaje no entregado se elimina de nuestros servidores. Una vez que un mensaje ha sido entregado, ya no se almacena en nuestros servidores”.

Expuesto lo anterior, hay claro dos cosas:

1. El señor Juez Marcel no tiene idea de lo que es whatsapp, ni mucho menos la naturaleza del servicio digital que presta.

2. La decisión judicial generó afectación a los derechos de millones de brasileros.

 

Los derechos de los brasileños resultaron afectados.

Los derechos de los brasileños en el mundo digital de whatsapp han sido suprimidos temporalmente, y me estoy refiriendo al mínimo derecho a la libertad de expresión consagrado en Declaraciones y Convenios Internacionales.

En la Convención Americana de Derechos Humanos se habla de que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión”, que comprende “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”, sin consideración a su medio de elección. Resalta además, que el derecho a la libertad de expresión no se puede restringir por vías o medios indirectos, “tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel periódico, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación”.

Hace unos pocos años, Brasil gratamente sorprendió con la aprobación de la Ley 12.965 que contiene el Marco Civil de Internet, donde se menciona la importancia de Internet como acceso esencial para el ejercicio de la ciudadanía, y medio ante el cual se garantiza la libertad de expresión, los derechos humanos, la pluralidad y diversidad. Pareciere que dicho Juez prevarica, es decir toma una decisión contraria a la ley, adoptando una resolución judicial con gran abuso del derecho. 

Este no es el único caso que ha ocurrido. En el reciente informe anual del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, resalta que el 11 de febrero del 2015, “el juez Luiz de Moura Correia del Centro de Investigaciones del Distrito de Teresina, estado de Piauí, determinó que las compañías telefónicas deberían suspender temporalmente en Brasil el acceso a la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp. La orden judicial fue emitida después de que la empresa se hubiera negado a cumplir decisiones anteriores relacionadas a investigaciones realizadas por la Policía”.

Esta decisión fue revocada el 26 de febrero del 2015 por el juez Raimundo Nonato da Costa Alencar, del Tribunal de Justicia de Piauí, afirmando que “la decisión no era razonable porque la suspensión del servicio afecta a miles de personas a favor de una investigación local. No obstante, el juez del Tribunal de Justicia de Piauí mantuvo la intimación a la empresa de proporcionar la información solicitada por la policía civil”.

Nos encontramos entrando ante el peor de los mundos, donde una decisión judicial de un efecto específico y particular ha desembocado en una afectación sistemática de los derechos humanos de millones de brasileños. Ante tal situación, se debe reconocer que se evidencia una grave mancha de analfabetismo digital, de la cual, no queda para su subsanamiento que convocar a que los operadores jurídicos adopten decisiones bajo principios elementales de razonabilidad y proporcionalidad, de manera que se detenga de una vez por todas el advenimiento de estos nuevos ‘Tribunales Inquisitorios en el mundo digital’, en la que se toman decisiones exabruptas de grave impacto para las personas usuarias de servicios en Internet.

No obstante se reconoce que las autoridades tienen el elemental derecho a recibir colaboración de cualquier persona, ante investigaciones que se adelanten en el marco de procesos o procedimientos judiciales, esto no conlleva a la habilitación automática para desconocer los derechos de las personas en un mundo cada vez más “real” como lo es Internet. 

 

Para más información, recomiendo visitar la siguiente información:

Informe anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión 2015 .

Marco Civil de Internet (Ley 12.965 del 23 de abril del 2014) disponible en: http://www.planalto.gov.br/CCIVIL_03/_Ato2011-2014/2014/Lei/L12965.htm

Términos y Condiciones de Whatsapp disponible en https://www.whatsapp.com/legal/?l=es

Convención Americana de Derechos Humanos

Bloqueo Whatsapp sanciona a 100 millones de brasileños, disponible en http://www.eltiempo.com/mundo/latinoamerica/bloqueo-whatsapp-brasil-reaccion-de-la-aplicacion/16580333

 

Aviso: 

* Este blog no representa la opinión ni estrategia de empresas, compañías u organizaciones a las que represento o hago parte. Para más información, pueden escribir un comentario en el presente blog o en el email juansala@ucm.es

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Experto en Derecho Cibernético, Ciberseguridad y Ciberguerra. Abogado y Máster en Relaciones Internacionales. #CyberLaw

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Me encantan, estos avances. Me encantan.

The interpreter (para nosotros, La intérprete, y como cosa rara, el título en español significa lo mismo que en el idioma original) es un filme dirigido por el estadounidense Sydney Pollack, estrenado en cines en dos mil cinco. El guión condujo a Pollack a grabar en las propias instalaciones de la ONU (localizadas en territorio internacional dentro de Nueva York), una historia con tintes políticos que recuerdan la situación más o menos reciente del actual presidente de Zimbabwe.

Estaba viendo hace unas horas cierta película francesa realizada exclusivamente para televisión hace unos años, no muy conocida por cierto, y me asaltó una duda que tenía desde hace un tiempo y que se avivó luego de ver La intérprete. La duda es la siguiente:

Lo más seguro es que todos conozcamos el aviso que aparece, usualmente escondido al final de los créditos de algunas películas, que dice lo siguiente, palabras más, palabras menos: "Los hechos relatados en esta película son puramente ficticios y no deben relacionarse con eventos pasados, actuales o futuros. (...) Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia."
Yo me pregunto: luego de ver una película que parece un documental acerca de una situación actual, ya sea ésta una realidad o no, ¿qué sentido tiene recurrir a este mensaje, si de cualquier manera los espectadores van a hacer la relación?

Es claro, hay que decir, que no todo el mundo tiene por qué captar estos parecidos. Pero los que sí los captan, lo comunican a los demás, y al final la película pasa a verse como lo que realmente es: una crítica por parte del realizador hacia una situación en particular. Punto. No importa qué tan imparcial se pretenda ser, haciendo uso del mencionado avisito.

En fin, no entiendo esta actitud, si de verdad algunos pretenden protegerse bajo dicho mensaje. Quisiera creer que lo colocan no porque no pretendan dar la cara luego de dar la opinión, sino porque es una especie de requisito, un asunto legal de obligatoria aparición al final de todos los créditos de todas las películas de todos los géneros. Aunque al final, sólo quien tuvo la idea de escribir la historia como quedó escrita es quien sabe qué opinión tiene.

Él y sólo él.

-

Sobre la película, hay un dato lingüístico interesante; se creó un lenguaje nuevo (lo llamaron "Ku"), con sus propias palabras, conjugaciones, reglas... es decir, un lenguaje aparte, sostenible por sí solo, basado en lenguajes existentes en el sur de África, pero que "aunque sería reconocido por habitantes de la zona (...), los confundiría", debido a su estructura gramatical, leo por aquí. En todas partes encuentro que el creador de este lenguaje es Said el-Gheithy, director del Centre for African Language Learning en Londres. En general, no encuentro muchas críticas positivas para la película, pero a mí me gustó.

Me encanta leer la columna Contravía, escrita por Eduardo Escobar. Y la de hoy termina con una reflexión que encuentro parecida a cierto diálogo de La intérprete. Aquí va el diálogo, para terminar y dejar de ocupar su tiempo, estimado lector. Lo traduzco burdamente, pero espero que se mantenga la idea.

Silvia Broome: (...) Siempre que alguien pierde a un ser querido, quiere vengarse de alguien más, o de Dios, a falta de alguien. Pero en África, en Matobo, los Ku creen que la única manera de poner fin al dolor es salvando una vida. Si alguien es asesinado, luego de un año de duelo se realiza un ritual llamado "la fiesta del ahogado". Se hace una fiesta durante toda la noche, junto al río. Al amanecer, el asesino es montado en un bote. Se lleva al agua y se le tira allí, amarrado, para que no pueda nadar. Entonces la familia doliente debe tomar una decisión; pueden dejar que se ahogue, o pueden lanzarse a salvarlo. Los Ku creen que si la familia deja que el asesino se ahogue, se hará justicia, pero pasarán el resto de sus vidas de duelo. Pero si lo salvan, entonces admitirán que la vida no siempre es es justa, y a cambio ese acto los liberará del dolor.


dancastell89@gmail.com

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3 Comentarios
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  1. santo980300

    Falto total de información, es menester aclarar cual es la aptitud que posee este juez sobre un bien de uso público que es el espacio electromagnético. Si violenta los derechos de los Brasileros ¿ Porqué se puede hacer?

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