Joven abogada de Medellín, Vicky Mosquera, valora el proyecto de ley que permite a las autoridades investigar de oficio casos como el del ‘Bolillo’ Gómez; pide una campaña educativa y no olvidar a las mujeres indígenas.
Por Vicky Mosquera Blanquicet, abogada de la Universidad de Medellín. Especial para Color de Colombia
El marco legal de protección de la mujer, en parte, se origina en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Brasil, 1994), aprobada por nuestra ley 284 de 1995.
En esta materia, la ley más importante de los últimos años es la 1257 de 2008, conocida como «de equidad de género», pues dicta normas «de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres», y en tal sentido reformó  los Códigos Penal, de Procedimiento Penal y la Ley 294 de 1996.
A propósito de la ley de «equidad de género», se persigue que la violencia doméstica pueda ser investigada de oficio, sin necesidad de denuncia de la víctima, regularmente mujer, que en muchos casos no se atreve a denunciar.
La ley 1257 de 2008 permitía que cualquiera denunciara la agresión física a una mujer, pero la ley 1453 de 2011, llamada de Seguridad ciudadana, cambió eso.
Ahora, entre los «delitos que requieren querella» para iniciar la acción penal están la violencia intrafamiliar, la inasistencia alimentaria, el maltrato mediante la restricción a la libertad física, la malversación y dilapidación de los bienes familiares, entre otros.
Si la mujer víctima no pone la denuncia, no pasará nada, y muchas mujeres tienen temor de denunciar a los agresores.
La solución ya está andando en el Congreso de la República, gracias a la bancada de mujeres, y especialmente a la senadora Alexandra Moreno Piraquive, del partido MIRA.
Se radicó, a finales de 2011,  un proyecto de ley que faculta a las autoridades para iniciar de oficio la acción penal en violencia intrafamiliar, y autoriza que cualquier ciudadano la denuncie.
El proyecto busca eliminar la naturaleza de querellables y desistibles de los delitos de  violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria, y fortalece las penas de prisión. La ponente en primer debate fue Karime Motta, senadora del Partido de la U.
El ejemplo que se usa es el del `Bolillo´ Gómez, que no fue denunciado por la agredida.
Eso está muy bien. De igual forma, debería adelantarse un plan de reacción no penal, en el que se le enseñe a la mujer de qué y cómo se le protege; que socialice en las instituciones educativas, médicas y en la sociedad en general las leyes existentes.
Porque no es recomendable darle la pelea a la violencia de género sólo cuando el daño ya está hecho. Por último,  no olvidemos la desprotección de la mujer indígena, pues es difícil pensar que se sancione la violencia de género en el interior de esa jurisdicción especial.