El jueves, la Corte Constitucional aprobó el matrimonio homosexual en el país, permitiendo así que las parejas gay se casen y tengan los mismos derechos y beneficios que hasta ahora tenían los matrimonios heterosexuales. No sobra recalcar que la homofobia nace de la religión y que la oposición a la igualdad es motivada por personas que creen que todos debemos vivir según las normas de su dios (por ejemplo la señora Viviane Morales o Alejandro Ordóñez Maldonado).

La decisión de la Corte llega 25 años tarde, pues desde la Constitución de 1991 Colombia dejó de ser un país oficialmente católico y, en cambio, es un Estado laico. Algunas personas —más interesadas en mantener el privilegio religioso que en un intercambio honesto de ideas— alegan que no, que Colombia es un país «aconfesional«, pretendiendo así justificar que la política pública se someta a algún capricho religioso, o destinar el dinero de los contribuyentes a promover o patrocinar creencias privadas.


Estas personas se equivocan (o mienten). La Constitución no dice nada de «aconfesional» o «laico» (Arts. 18 y 19), peeeeero, la jurisprudencia de la Corte Constitucional tiene fuerza vinculante de rango constitucional (o sea, las sentencias de la Corte Constitucional hacen parte de la Constitución).

Y en la sentencia C-766 del 2010, la Corte dijo:

La neutralidad, derivada de la laicidad, no consistirá en la búsqueda por parte del Estado de un tratamiento igual a las religiones a partir de las actividades que éste realice en relación con ellas. La neutralidad estatal comporta que las actividades públicas no tengan fundamento, sentido u orientación determinada por religión alguna –en cuanto confesión o institución–, de manera que las funciones del Estado sean ajenas a fundamentos de naturaleza confesional. […] no puede ser el papel del Estado promocionar, patrocinar, impulsar, favorecer o realizar cualquier actividad de incentivo respecto de cualquier confesión religiosa que se practique en su territorio

¿Y el preámbulo de la Constitución?

Otros, con espíritu de leguleyo y alma de tinterillo, creen que se puede desobedecer a la Corte por el hecho de que en el preámbulo de la Constitución se hace mención a un dios.

Si quieren dejar de lado el hecho de que el preámbulo fue encargado a un escritor y no fue redactado por la Asamblea Constituyente, por lo que realmente no tiene relevancia democrática, lo podemos hacer, pues la Corte también ya se encargó de rebatir este rebuscado argumento.

En su sentencia C-350 de 1994, al declarar inexequible la consagración del país al ‘sagrado’ corazón de Jesús, la Corte dijo:

La constitucionalidad de la consagración oficial de Colombia al Sagrado Corazón era plausible durante la vigencia de la anterior Constitución, la cual establecía que la religión católica era la de la Nación y constituía un esencial elemento del orden social. Pero esa consagración oficial vulnera el nuevo ordenamiento constitucional que establece un Estado laico y pluralista, fundado en el reconocimiento de la plena libertad religiosa y la igualdad entre todas las confesiones religiosas. Se trata de una consagración oficial, por medio de la cual el Estado manifiesta. una preferencia en asuntos religiosos, lo cual es inconstitucional por cuanto viola la igualdad entre las distintas religiones establecida por la Constitución. […] En efecto, el proyecto de preámbulo que hacía de Dios «el fundamento de la dignidad humana y fuente de vida y autoridad para el bien común» -bastante acorde con la cosmovisión católica- no fue adoptado por la Asamblea Constituyente, puesto que se consideró que la soberanía residía en el pueblo. Por ello la referencia que se mantuvo no establece la prevalencia de ningún credo religioso, ni siquiera de tipo monoteísta; se trata entonces de una invocación a un Dios compatible con la pluralidad de creencias religiosas […] El país no puede ser consagrado, de manera oficial, a una determinada religión, incluso si ésta es la mayoritaria del pueblo, por cuanto los preceptos constitucionales confieren a las congregaciones religiosas la garantía de que su fe tiene igual valor ante el Estado, sin importar sus orígenes, tradiciones y contenido

Así que los que dicen que nuestra política pública debe obedecer algún concepto religioso están equivocados y ojalá fueran tan amables y dejaran de intentar imponer su intolerancia y de violar la Constitución.

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* Esto, por supuesto, es en el papel, porque en la práctica el laicismo es violado sistemáticamente por casi todos, empezando por el Presidente de la República.