Medellín,
Julio 25 de 2012

 

Señores:

Autoridad
Nacional de Televisión (ANTV)

D.C.
Bogotá, Colombia

 

Referencia: Derecho de petición. Solicitud de
sanciones legales al canal RCN.

 

Cordial
Saludo

Yo
Juan Manuel Serrano Gómez, ciudadano en ejercicio de la ciudad de Medellín,
presento el siguiente derecho de petición ante la inminente necesidad de que
ustedes como ente regulador de la televisión nacional, pongan cartas en el
asunto en torno a la programación del canal RCN, en especial, el programa de «protagonistas
de nuestra tele» que se ha convertido en un foco de violencia, maltrato,
discusiones y actos bochornosos de los cuales el canal se aprovecha para ganar
rating a costa de lo que sea, evidenciando una violación directa a principios
constitucionales, normas y estatutos reglamentarios dictados por los entes
encargados de la regulación de la televisión en el país.

Si
bien es cierto, que la televisión es un medio de comunicación que tiene como
fundamento el entretenimiento y la diversión, se le ha asignando legalmente una
función educativa y de responsabilidad social que contribuya al fortalecimiento
e integración de ciudadanos comprometidos con un mejor país.

No
puede ser posible que el canal RCN engañe al país con un presunto reality caza
talentos, en el cual solo hay una prueba de talento en la semana y unos cuantos
ejercicios de aprendizaje y desarrollo de habilidades, porque prácticamente
toda la semana se busca mostrar de manera mal intencionada y dolosa escenas de
amor, peleas, altercados verbales, entre otro tipo de actos que no son aptos
para horario familiar porque se está llevando de la realidad a la ficción, los
hechos de violencia, incultura y mal educación de un país a una casa estudio.

A
nivel normativo, el artículo 20 de la Constitución Política establece la
responsabilidad social de los medios de comunicación, que para el caso no se
está fomentando por parte del canal RCN que expone a la sociedad un reality que
en nada contribuye al desarrollo y progreso del país, porque ni siquiera puede
catalogarse como diversión el programa, por su accionar de violencia, romances,
traiciones y constantes altercados verbales fuertes.

 

Pretensiones

 

1.    Se solicita a la mayor
brevedad, que ustedes como Autoridad Nacional de Televisión, den cumplimiento
de la ley 1507 de 2012 según lo dicho en el artículo 3, numeral d) «Diseñar e
Implementar estrategias pedagógicas para que la teleaudiencia familiar e
infantil puedan desarrollar el espíritu crítico respecto de la información
recibida a través de la televisión».

2.    Seguidamente, según ley 1507
de 2012, artículo 3 en su numeral e) «Sancionar cuando haya lugar a quienes
violen con la prestación del servicio público de televisión, las disposiciones
constitucionales y legales que amparan específicamente los derechos de la
familia y de los niños», se insta a la junta nacional de televisión para que
imponga severas sanciones al canal RCN, por el contenido presentado en el
programa «protagonistas de nuestra tele», en especial el capitulo 22 donde se
evidencia un fuerte altercado, al punto de llegar a los golpes dos
participantes del programa, y además de ello, lo pertinente sería un estudio
detallado de los capítulos emitidos durante una semana para indagar los hechos,
palabras y manifestaciones de violencia y repudio social para que ustedes como
Autoridad Nacional de la Televisión tomen los correctivos y ejerzan las
sanciones pertinentes, utiles y oportunas, como por ejemplo, la cancelación o
cierre total e inminente de la emisión de capítulos de este programa.

3.    Así mismo, se exige el
cumplimiento del artículo 6, numeral n, que establece «Promover y reglamentar
lo atinente a la participación ciudadana en los temas que puedan afectar al
televidente, especialmente lo referido al control de contenidos audiovisuales».

4.    Finalmente, se invoca a
realizar las investigaciones administrativas pertinentes en relación a la forma
como son recaudadas las votaciones en el programa, porque causa curiosidad que
el programa no sea en vivo, y se reciban votaciones de manera dudosa que deja
mucho que pensar y que no son del todo claras y visibles para el televidente.

 

Competencia

 

La Autoridad Nacional de
Televisión tiene como una de sus funciones la vigilancia
y Control en la prestación del servicio público de TV y sus contenidos.

Sin
embargo, de no ser esta la entidad competente para la revisión del respectivo
caso, solicito que ustedes den traslado inmediato para revisión de la misma a
la autoridad competente.

 

Con
copia: Comisión de Regulación de Telecomunicaciones: 
atencionalcliente@crccom.gov.co

 

Por
su colaboración

Muchas
gracias

 

Atentamente

Juan
Manuel Serrano Gómez