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Las descabelladas e infames declaraciones del señor Andrés Jaramillo frente a la presunta violación de una mujer de 19 años en el parqueadero de su restaurante en Chía han desatado, por enésima vez, una ola de indignación ciudadana frente a la sistemática violencia de género en nuestro país y los estereotipos de género que la promueven y toleran socialmente.
Sin duda es un hecho reprochable y quisiera, mediante tres ejemplos concretos de la región, mostrar cómo estos estereotipos se reflejan perversamente en la administración de justicia, que refrenda frecuentemente ideas como las que defendió Jaramillo.
En el 2007, el juez brasileño Edilson Rumbelsperger rechazó varios casos de violencia intrafamiliar calificando como absurda, diabólica e inconstitucional la Ley Maria Da Penha que aumentó sustancialmente las penas por la violencia contra las mujeres. El sofisticado argumento del juez se puede resumir en esta frase de su sentencia: “el resultado de estas reglas diabólicas es que la familia estará en peligro, como ya está, debilitada ante el hombre subyugado”.
En Nicaragua, una mujer fue violada por un hombre durante una fiesta con personas de su trabajo. En primera instancia el violador fue condenado a 8 años de prisión pero un Tribunal redujo la condena a seis años por considerar que la víctima no acreditó apropiadamente las secuelas psicológicas derivadas de la agresión. Finalmente, en el 2011, la Corte Suprema de Justicia -con el salvamento de voto de una magistrada- redujo la pena a 4 años argumentando que la víctima se encontraba en un “estado de arrebato” que indujeron al agresor a cometer el delito pues los hechos se produjeron durante una noche de “esparcimiento y camaradería durante el cual la víctima ingirió licor lo cual le produjo un desenfreno sexual que la condujo a ser cooperante de la conducta pues estuvo toda la noche con el acusado sin oponer resistencia”.
Finalmente, en nuestro país, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió absolver -con los salvamentos de votos de una magistrada y dos magistrados- a un hombre que tras robar a dos mujeres abusó sexualmente de ellas. En su fallo, la Corte considera que el hombre no es culpable de esos abusos pues estaba desarmado y que las mujeres se limitaron a expresar que tenían miedo pero no opusieron resistencia “seria y continuada” por lo que “puede concluirse que hubo consentimiento de su parte”.
Estos tres ejemplos, pocos además, demuestran que las palabras de Andrés Jaramillo desafortunadamente traspasan su ‘paraíso’ sibarita. Los jueces, con una frecuencia reprochable, ratifican estos estereotipos de género con una grave consecuencia: sus actuaciones se convierten en portazos en la cara a las miles de víctimas que acuden a la justicia para encontrar alguna forma de reparación. Cuando las palabras de Andrés Jaramillo se convierten en sentencias judiciales no hay solución que valga.