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Sin mencionarse explícitamente la Autodeterminación de los Pueblos, ha estado ahí presente en muchos de los temas que se manejan en el plano internacional en estos días, en especial por la situación de Venezuela, la cual nos invita a pensar en su significado y su aplicación en el contexto de las relaciones internacionales.

La Constitución Política, en su artículo nueve, basa las relaciones exteriores del Estado colombiano en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por nuestro país.

En el tema de la Autodeterminación de los Pueblos la Constitución no da más explicaciones, de manera que para tomar como orientación este precepto toca entender de que se trata. En el concepto amplio de las Relaciones Internacionales, los especialistas piensan en la autodeterminación de los pueblos como el derecho inherente de los pueblos a determinar libremente su estatus político y a buscar libremente su desarrollo económico, social y cultural. Una autodeterminación que implica el reconocimiento de la soberanía interna de los pueblos, que les permite gobernarse a sí mismos y tomar decisiones sobre sus propios asuntos internos, sin interferencias externas.

Los teóricos del contrato social resaltan la importancia del consentimiento de los gobernados y el derecho de los pueblos a elegir su forma de gobierno, cuya influencia en la Constitución colombiana incluye la soberanía popular y la legitimidad democrática. Esta legitimidad democrática está asociada firmemente con las elecciones, las cuales son la voz de ese pueblo soberano, como lo son en cualquier democracia que se respete, cuando se hacen de manera libre y transparente, tanto la ejecución del depósito del voto, como la obtención de los resultados de las mismas, demostradas por los formatos o actas que se establezcan previamente para tal fin.

De manera que, una elección democrática es un componente crucial en el ejercicio del derecho a la autodeterminación de los pueblos, en el contexto de los países reconocidos internacionalmente. La autodeterminación implica que los pueblos tienen el derecho de elegir libremente a sus representantes y a su gobierno mediante procesos democráticos, como elecciones libres, justas y transparentes. Esta práctica asegura que el gobierno tenga la legitimidad otorgada por la voluntad del pueblo, en que el líder que sea elegido asuma el poder en cumplimiento de la voluntad popular.

Por otro lado están las dictaduras, cuyo concepto y características contravienen las que constituyen la Autodeterminación de los Pueblos. En estas el poder está concentrado en un individuo o grupo reducido, y no hay elecciones libres ni justas, lo que viola indiscutiblemente el principio de autodeterminación, ya que los ciudadanos no pueden elegir libremente a sus líderes, ni influir en las decisiones políticas, que se dan de escoger entre varios con base en lo que han hecho y lo que pueden hacer, o en este caso en programas de gobierno, que es por lo que deben votar los ciudadanos, al tiempo que lo hacen por las capacidades del líder de ejecutar y cumplir con el plan de gobierno que propone, esta Represión de la Voluntad Popular es una clara violación de la autodeterminación de los pueblos.

En una dictadura hay supresión de los derechos humanos y las libertades, ¿como puede un pueblo autodeterminar su estatus político y buscar libremente su desarrollo económico, social y cultural sin libertad de expresión, de prensa, de asociación, de movilidad, todas estas reprimidas por la dictadura. La concentración y centralización del poder de una dictadura controlan todos los aspectos del gobierno y la vida social, lo que niega a los pueblos la capacidad de gobernarse a sí mismos y participar en la toma de decisiones, que implican  políticas económicas y sociales contrarias a los intereses y necesidades reales de la población, solo guiadas por las conveniencias del dictador o su grupo cercano.

las dictaduras son antitéticas al principio de autodeterminación de los pueblos, ya que imponen un control autoritario y suprimen la voluntad popular y los derechos humanos. La autodeterminación requiere un entorno democrático, en el que los pueblos puedan elegir libremente su forma de gobierno y perseguir su desarrollo, sin interferencias autoritarias personales o de grupos, pequeños ante la dimensión del universo electoral.

Lo anterior, llevado al plano internacional pragmático y real, nos abre un mundo más complejo al simple articulo noveno de nuestra carta magna, en cuanto a la relación de Colombia con otro país, en el caso tan cercano de Venezuela. Al respetar la autodeterminación de los pueblos como eje de nuestras relaciones internacionales ¿cuál autodeterminación se debe respetar? la del pueblo venezolano, o la de quien lo dirige desconociendo los resultados electorales, con características cada vez más evidentes de constituirse en una dictadura.

Viendo toda la parte conceptual de la autodeterminación de los pueblos, en que las elecciones democráticas son parte fundamental de la expresión del pueblo soberano, la comunidad internacional, ante tantas evidencias de que los venezolanos eligieron un presidente en las urnas como resultado de esa expresión libre, al respetar la autodeterminación de los pueblos la comunidad internacional ¿debe apoyar entonces a quien ha demostrado que fue elegido? o ¿a quien por la fuerza y la represión tiene la intensión de posesionarse sin mostrar prueba alguna de tener el respaldo popular?

El caso venezolano, tiene además un componente adicional, como es la cantidad de exiliados, quienes desde el exterior opinan, algunos los dejaron votar y muestran de todas las maneras posibles que la expresión del pueblo soberano está dirigida a tener un nuevo presidente, esa es la expresión popular y esa es la determinación que tomó libremente el pueblo venezolano.

Tiene otro componente como lo es la posibilidad, con muchas evidencias mostradas a través del tiempo, que albergue grupos al margen de la ley, lo cual en caso de ser patrocinado por quienes hoy quieren continuar en el poder, a pesar de haber perdido las elecciones, muestran que no están respetando la autodeterminación del pueblo colombiano.

Uno de los problemas que rodea el concepto de autodeterminación de los pueblos, es la ausencia de uñas, de una fuerza que pueda entonces, en caso que la determinación del pueblo soberano sea diferente a la de un gobernante de facto, como hacerla respetar y remplazar a quien reprime la voluntad popular por la fuerza.

Ante esta falencia, solo quedan las organizaciones internacionales como OEA y ONU, cada vez no solo más politizadas, sino que sus pronunciamientos van al vaivén de esa ideologización, que además tampoco tienen uñas en caso que quisieran defender la autodeterminación de los venezolanos expresadas en las urnas.

Queda solo la aprobación o condena de los países que realmente se consideran democráticos, en protección de su propia democracia, y del daño que un mal ejemplo puede causar en ellas, que condenen el irrespeto a esa autodeterminación de un pueblo, por un dictador, o una dictadura de un grupo de poder, que incluye no solo a ese dictador, si no a su grupo de apoyo civil y militar.

Para un país que tiene como línea central de su política exterior el respeto a la autodeterminación de los pueblos, como se supone que es Colombia, nada que huela a dictadura puede ser apoyado ni directa ni tácitamente, hacerlo es contravenir nuestra constitución, ya demostrado que una dictadura es exactamente lo contrario a esa autodeterminación que se nos ordena respetar.

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