UNA ENCRUCIJADA JUDICIAL DE GRUESO CALIBRE.

A raíz de la investigación disciplinaria administrativa que adelantó la Procuraduría General de la Nación contra unos altos funcionarios del gobierno nacional, y en donde también estaban incursos unos ex  parlamentarios ya condenados penalmente por la Corte Suprema de Justicia por el escándalo conocido como la «Yidispolítica»y cuyo triste final fue la contra evidente e inconcebible providencia absolutoria de los funcionarios proferida por el nuevo Procurador, estrenándose en su cargo y rotulándose como ‘idiota inútil’ frente al proceso penal que adelanta de manera timorata la Fiscalía General contra esos funcionarios, presenté ante la Corte Suprema queja contra el Procurador General, Alejandro Ordóñez, a fin de que se iniciara una investigación administrativa disciplinaria, por desconocer, a sabiendas, la prevalencia de la justicia, la efectividad del derecho sustantivo y la desidia para la búsqueda de la verdad material, desconociendo los principios del Código Disciplinario, Código Penal y de Procedimiento Penal; así mismo, y de manera relevante, la gran omisión en la aplicación de la «duda razonable» por no haber buscado diligentemente el «modo de eliminarla», requisito que se exige y condiciona para su beneficio, desestimando pruebas incontrovertibles que reposan en el expediente penal del que conoció la Corte en contra de los ex parlamentarios y que era precisamente el óbice para poderla invocar.
Con escepticismo sobre la suerte de mi queja, habida cuenta de la condición del investigado y del investigador, me comuniqué vía telefónica con la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia solicitando información al respecto, habiendo sido atendido con gran amabilidad y una vez suministré mi número de identidad se me informó que la solicitud de la investigación había sido radicada bajo el numeral 110010230000- 2009-006400-, que se encontraba en trámite y que la totalidad de los Magistrados de la Sala Penal se habían declarado «impedidos» y dos más de otra Sala, para un total de once, casi la mitad de los que conforman  la Corporación, situación esta que me extrañó sobremanera, no por los impedimentos de los de la Sala Penal, pues, al fin y al cabo, eran los Colegiados que habían fallado sobre el delito de Cohecho de los ex parlamentarios, pero sí, por los demás Magistrados ya que considero demasiado exagerado invocar un impedimento que, sin lugar a dudas, obedece a ser por una «amistad» de lejos o de un simple saludo protocolario, y que no amerita la separación del conocimiento, pelando así el cobre y poniendo en evidencia una falta de independencia, madurez y autonomía, no hay que olvidar que muchas veces la solidaridad de cuerpo coadyuva a que florezca la impunidad. He sido un defensor de los impedimentos y, por supuesto, que son necesarios, pero de una manera moderada y sin incurrir en protagonismos innecesarios, estos deberían de circunscribirse al cónyuge, compañero o compañera permanente o contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, los demás no dejan de ser melosidades mojigatas y física pereza de afrontar las responsabilidades propias del cargo.
Aprovechando ese momento de olisqueo judicial, recordé de una solicitud que había hecho desde el pasado mes de Febrero al Consejo Superior de la Judicatura, y el cual por razón de competencia le corrieron traslado al de la Seccional- Cundinamarca, aquí ya no tuve  el escepticismo con el que averigüé en la Corte, sino con un desahucio casi total me comuniqué vía telefónica con la Sala Disciplinaria y se me informó que mi petición se encontraba en trámite, asignándosele el radicado Nº 2009-01607, que estuviera averiguando como si la comunicación entre Manizales y Bogotá tuviera franquicia oficial, pero bueno, al fin de cuentas la solicitud estaba ahí, no había ido a parar a la cesta de la basura. Mi petición era y es muy puntual: poner en conocimiento de dicho Consejo de la Judicatura, para lo de su competencia, la situación más aberrante, caótica y patética que pueda estar atravesando esta endeble administración de justicia. Por las calendas de mayo de 2007 ( la bobadita de 2 años ), presenté en la ciudad de Bogotá D.C., en forma simultánea denuncia penal y queja administrativa ante la Fiscalía y Procuraduría General de la Nación, respectivamente, haciendo énfasis en la necesidad de conformar sendas comisiones para su investigación por parte de los entes mencionados, debido a lo complejo y delicado del asunto y teniendo en cuenta las circunstancias de modo, lugar y la calidad de los protagonistas, ya que se trataba de unos hechos delictivos de gran envergadura como: Concierto para delinquir, en la modalidad de paramilitarismo; desaparición forzada; homicidio; enriquecimiento ilícito; testaferrato; peculado; falsedad y violación al régimen de contratación, cometidos en el Municipio de Victoria Caldas, zona de gran influencia del ‘paramilitarismo’ del Magdalena Medio.
Tanto la Fiscalía como la Procuraduría teniendo en cuenta la connotación de los hechos y de la solicitud especial que hice para su investigación, se determinó por parte de la primera que el conocimiento recayera en la Fiscalía 13 Delegada de la Unidad Nacional Anticorrupción, y en la segunda, le correspondió al Procurador Delegado para la Moralidad Pública. En ambos Despachos se rindieron las correspondientes declaraciones juramentadas haciéndose entrega del acervo probatorio documental en donde se identifica y evidencia plenamente a los responsables, sin que hasta el momento haya existido poder, ni divino  ni humano, que ponga en funcionamiento el aparato judicial para que hubiese pronunciamiento al respecto, así sea, el de un Auto inhibitorio, cosa que no me extrañaría, pero, que no deja de ser extraño y sospechoso que unos hechos de tal gravedad pasen a un plano casi inadvertido, mientras se distrae la atención investigativa con gran celeridad y con pomposa parafernalia mediática en hechos de poca relevancia o casi inocuos.
Los controles como los cambios que se establecen en cualquier actividad producen malestar o repulsión entre sus controlados, sobre todo en aquellas personas que tienen proclividad a realizar maniobras «torcidas» o muy maleables al dinero fácil. Si alguna actividad requiere instancias y controles de gestión rigurosos es por excelencia y prioritaria la administración de justicia por su complejidad en su aplicación y tan expuesta a la tentación de los corruptos; sin la menor duda, si el Consejo Superior de la Judicatura cumpliera siquiera una mínima parte de su única y principal función, y que es la que justifica su razón de existencia, cual es la de «examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial y llevar el control de rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales», tendríamos unas medidas preventivas asépticas contra la inmensa cantidad de «virus» que atacan por todos los flancos la rama judicial. Esta es, sin lugar a dudas, una de las formas más eficaces de  torcerle el pescuezo a la impunidad.

Marco Aurelio Uribe García
Manizales, julio 17 de 2009