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(Plebs, Plebis- Plebiscitum. Constituere: Constituir)

Plebiscito: consulta en la que se somete una propuesta a votación para que los ciudadanos se manifiesten en contra o a favor.
Constituyente: Asamblea, convención o congreso convocado para elaborar o reformar la Constitución del Estado.

“La constituyente no debe ser para cerrar la guerra, sino el primer acto del posconflicto”: Rodrigo Uprimmy.

Razón le asiste al Abogado Uprimny al sostener, en una entrevista relacionada con el proceso de paz concedida a la revista Semana, lo anterior, como también, la razonabilidad de las partes para converger en el mecanismo o mecanismos de refrendación e implementación, afirmando que un acuerdo al respecto debe de salir de la mesa de La Habana.

No obstante, ser el referendo el único mecanismo de participación ciudadana que tiene la capacidad de reformar la Constitución e incorporar nuevas normas al ordenamiento jurídico del país, el plebiscito debe de ser el mecanismo de refrendación de los acuerdos de paz, habida cuenta de lo avanzado que está en tiempos de trámite, y, además, legalmente, el Congreso ya decidió que este plebiscito para la paz, por tratarse de esta materia tan urgente, benéfica y necesaria para el país sea igualmente vinculante, para seguridad y cumplimiento de las partes y para efectos de posterior desarrollo constitucional y legal de dichos acuerdos.

Cuanto antes, y sin pérdida de tiempo, a fin de dilucidar la controversia por el mecanismo a escoger, se debe tramitar la ley que disponga si el pueblo por medio del voto decide si convoca una Asamblea Constituyente, la cual se encargará de la legislación necesaria para la implementación y desarrollo de los acuerdos de paz refrendados; así mismo, se encargará de discutir y aprobar una verdadera reforma a la política y a la justicia, como requisitos sine qua non para garantizar una verdadera paz duradera y estable, de lo contrario sería una falacia o quimera que se añoró. La historia de Colombia nos ha demostrado la relativa facilidad para la emergencia de actores violentos de orden político o de criminalidad organizada que reclaman su status e invocan para su accionar como causales de justificación la falta de justicia en todo sentido y una corrupción asfixiante.

Al trámite de la ley sobre la Asamblea Constituyente, y por tratarse de una situación crucial y de urgencia para la armonía y convivencia nacional, se le debe de dar el mismo tratamiento especial que se le dio a la del plebiscito, rebajando el umbral y términos, y votándose los dos mecanismos simultáneamente, así se tenga que recurrir a torcerle el pescuezo nuevamente a la Constitución, buscando de esta manera solucionar el impase del mecanismo de la refrendación e implementación, y dar un parte de tranquilidad no solo a las partes, sino a la ciudadanía participante en esa votación y que clamamos por una Asamblea Constituyente, sin que pertenezcamos al Centro Democrático.

El doctor Uprimny también puede tener la razón, cuando afirma que las Farc insisten en la constituyente, porque creen que esta les generaría una mayor dinámica de movilización popular, como ocurrió con el M-19 en el año de 1991, además, creen que este organismo le imprime más legalidad a todo el conjunto del proceso, y puede garantizar más seriedad, estabilidad y duración.

Si en realidad se quiere manejar el post-conflicto con seriedad y responsabilidad, y no se quiere tirar por la borda todos los esfuerzos que se están realizando hasta el momento, se debe erradicar los dos peligros latentes que tiene el mencionado post-conflicto y que amenaza su estabilidad, duración y sostenibilidad: la pésima administración de justicia y la corrupción política. No es de extrañar que la clase política que tenemos, haga desaparecer por arte de birlibirloque los recursos financieros destinados para la sostenibilidad, como acostumbran hacer con los cupos indicativos.

La reforma a la justicia requiere cambios radicales y urgentes, sobre todo, en lo atinente a la conformación, elección, funciones, inhabilidades e incompatibilidades de los miembros de las altas cortes, fiscalía y procuraduría, y la proscripción de sus empalagosos privilegios y/o prerrogativas, la investigación y juzgamiento de los aforados, incluido el Presidente de la República. La corrupción galopante que se viene dando en la mayoría de los magistrados de las altas cortes es exacerbante, inaguantable y vergonzosa a nivel nacional e internacional, su administración de justicia es venal, sesgada, selectiva, polarizada y politizada.

Y ni qué decir de lo que se necesita reformar en la política colombiana. Al frente del Palacio de Justicia en donde moran plácidamente los impolutos togados está el Capitolio Nacional, escenario en el que se trama a diario las diabluras más increíbles y notorias, sólo desconocidas por los mencionados togados. Allá están sus “parceros” de sinecura y de otras yerbas; allá están los 268 Padres de la Patria; allá, dizque, descansa la democracia; allá se cocinan las leyes con sus consabidos orangutanes como sustancia; allá se ejerce a plenitud el Tráfico de influencias, allá están los más garosos atracadores y expoliadores del erario, y, los más triste, son patrocinados con cupos indicativos por el Presidente de la República.

No hay clientelismo, no hay tráfico de influencia, no hay conflicto de intereses que sean más corrompidos y corruptores que la figura nefasta de los cupos indicativos, es preferible y más controlable volver a la vieja figura de los auxilios parlamentarios.

Marco Aurelio Uribe García.
Manizales, febrero 18 de 2016.

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Marco Aurelio Uribe García, abogado. Manizales

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