Por: Johanna Muñoz Pulido* y Silvia Ruiz Mancera**
No es sorpresa que, debido a la precariedad en el goce de ciertos mínimos de vida digna en Venezuela, Colombia se haya convertido en el mayor receptor de migrantes y refugiados venezolanos en el mundo. Ante los impactos humanos de la crisis venezolana, que desde hace varios años traspasa sus fronteras, este nuevo rol ha traído para Colombia múltiples retos. Aunque la migración no es desconocida para nuestro país, el cual sigue expulsando personas y ha recibido otros grupos de migrantes en menor medida, la situación actual evidencia la necesidad de una ley migratoria que haga parte de una política integral que sea de Estado y no de gobierno. El proyecto de ley radicado ante el Congreso por la Cancillería este 23 de julio plantea una oportunidad para remediar este vacío y superar las limitaciones de la respuesta actual, siempre y cuando logre incorporar una perspectiva de derechos.
Si bien el gobierno colombiano ha dispuesto una serie de medidas para atender a la población venezolana, esta respuesta ha tenido un carácter sectorizado y de corto plazo. Por ejemplo, los requisitos y beneficios del Permiso Especial de Permanencia, el mecanismo por medio del cual se ha buscado regularizar a ciertos sectores de la población venezolana no son acordes con la intención de muchas personas de quedarse en el largo plazo. A esto se le suma la falta de coordinación en la implementación de las medidas, por ejemplo, en el acceso al sistema de salud, ya que, aunque portadores del PEP pueden acceder al sistema de salud, la normativa no es clara en si pueden acceder al SISBÉN.
Con el objetivo de dar una respuesta más articulada a los diferentes procesos migratorios que enfrenta Colombia, el proyecto de ley busca establecer los lineamientos generales de la política migratoria. Entre sus aciertos se encuentra la novedad de articular toda la normativa– reemplazando la multiplicidad de normas de diversas áreas– y el reconocimiento de que la gestión debe ir más allá de una respuesta coyuntural. Reconoce que la ley debe estar a tono con los cambios mundiales, y recalca que Colombia presenta diferentes procesos migratorios, lo cual requiere una ley lo suficientemente amplia para que pueda abordar esta diversidad de escenarios.
Sin embargo, la novedad y amplitud sugeridas se quedan cortas, ya que el proyecto no va más allá de la recopilación de algunos aspectos de la normativa vigente, y no propone mucho de nuevo. A pesar de que da mayor claridad a los derechos de los colombianos que han salido del país, mantiene las mismas disposiciones para los extranjeros, es decir no plantea nuevas alternativas para la regularización de quienes han llegado al país. Tampoco adapta su aproximación al contexto mixto y complejo del éxodo venezolano, ni establece fuertes cimientos para una ley que pueda lidiar con flujos migratorios similares en el futuro. Es decir, en realidad no plantea una iniciativa integral y coordinada.
Adicionalmente, la propuesta se enfoca en el aspecto sancionatorio del régimen normativo existente elevándolo a disposiciones de ley, mientras deja a Migración Colombia y a otras entidades la autonomía de establecer la política de visas y los procedimientos de reconocimiento de necesidad de protección internacional. Esto implica que establece un enfoque de necesidades y capacidades, el cual está dirigido a identificar las necesidades inmediatas que permitan potencializar las competencias del gobierno, antes que responder a las necesidades de la población migrante y las obligaciones Estatales respecto a ellas.
Si bien este enfoque de necesidades y capacidades ha funcionado para una respuesta de emergencia, deja en evidencia los vacíos de protección de poblaciones migrantes vulnerables. Aun cuando el proyecto de ley resume el marco normativo de derechos humanos, carece de un enfoque de derechos y no cuenta con una metodología clara sobre cómo abordar los diferentes fenómenos migratorios. Al contar con un enfoque de derechos humanos, la ley establecería un marco metodológico para proteger, respetar y promover los derechos de las poblaciones migrantes en condición vulnerable, en especial para mejorar las capacidades en el ejercicio, respeto y reivindicación de sus derechos. No obstante, las acciones hasta el momento se han caracterizado por responder a la coyuntura y por el poco análisis de las condiciones que profundizan los vacíos de protección estructural en la migración.
Lo anterior es especialmente preocupante del proyecto porque, por un lado, fortalece procedimientos administrativos y sancionatorios que podrían vulnerar los derechos de los migrantes. Por ejemplo, una persona migrante podría ser detenida hasta por 36 horas solamente para verificar su identidad, se podría iniciar un procedimiento administrativo en contra de ella por solicitud de cualquier persona, y si este resulta en una multa, podría ser deportada si en dos meses no ha hecho aportes a esta. Por el otro, deja a consideración de los gobiernos de turno procedimientos de importancia y obligación Estatal, tales como los de reconocimiento de refugio y de apatridia, evitando analizar concienzudamente las consecuencias del éxodo venezolano y las necesidades que este ha evidenciado frente a las estrategias de protección internacional.
En suma, la ausencia de un enfoque de derechos en el proyecto de ley se traduciría en profundas incongruencias de contenido y acción una vez puesta en marcha. Aún si se plantea al principio una visión más amplia de la política migratoria, esta se orientaría a seguir implementando medidas de corto plazo, además de tener una concepción descontextualizada de las diferentes dinámicas migratorias al interior del territorio. También resulta en una recopilación normativa sin una guía lógica para abordar respuestas tendientes a la protección integral de futuras y actuales poblaciones migrantes y refugiadas, lo cual se reflejaría en estrategias de poco alcance para migrantes en condición de vulnerabilidad.
La expedición de este proyecto ley es una importante oportunidad para incorporar las lecciones aprendidas en los últimos años y garantizar la protección de los derechos de las personas migrantes y refugiadas. Si se da un debate técnico y concienzudo, el Estado evitaría desperdiciar recursos y esfuerzos y podría establecerse como un Estado con acercamientos ejemplares y garantes en su política migratoria.
*Pasante de Dejusticia
**Investigadora de Dejusticia – @silviaaruizm