Al desabastecimiento de medicamentos en el país se le suma la no entrega de los que si hay.

Cuando un paciente afiliado a una Entidad Promotora de Salud (EPS) sale de una consulta ambulatoria con su médico tratante puede que este le formule medicamentos y tenga que tramitar la orden ante la entidad para obtener una autorización con la asignación de la farmacia que prestará el servicio. Hasta aquí, la primera parte del trámite.

La segunda parte es con la farmacia; cuando el paciente puede tener: la entrega total del medicamento o una entrega parcial del servicio que genera un pendiente, ya que la farmacia no tiene todo lo solicitado en la orden en ese momento o porque los laboratorios que fabrican los medicamentos presentan alguna novedad.

El problema en estos casos no es tener un medicamento pendientes, pues la cadena de la industria farmacéutica puede tener estas novedades. El problema real, es que el paciente pase más de 48 horas sin tener el medicamento en sus manos.

La personería de Bogotá ha documentado hasta junio del presente año: 2.243 acciones de tutela, donde el 45 %, aproximadamente, corresponde a la no entrega de medicamentos, demoras en citas y exámenes médicos. El mayor número de tutelas corresponden a Capital Salud, Famisanar, Nueva Eps, Sanitas y Compensar, quienes han sido cuestionadas por el cumplimiento con el deber y obligación en la prestación del servicio a los ciudadanos.

De la misma manera, Cúcuta presenta demoras en la entrega de fórmulas por recientes denuncias de Yessid Blanco (personero de la ciudad) ante el incremento de casos que ha denominado: «paseos de la muerte», porque los pacientes con enfermedades crónicas aparte de no recibir el tratamiento deben ser sometidos a largas horas haciendo fila en las farmacias.

No es posible hablar del derecho a la salud en un país con esta radiografía. Las EPS deben entregar medicamentos en 48 horas.

Para Risaralda, los retrasos o la no entrega de medicamentos recetados representan cerca del 60 % de las quejas de usuarios en el sistema de salud, según el secretario de salud, Javier Darío Marulanda. Y en Cali, la secretaria de salud, Miyerlandi Torres Agredo, ha solicitado a las EPS: Emssanar, SOS y Comfenalco un plan de mejoramiento oportuno e inmediato ante las quejas que ha recibido el Servicio de Atención a la Comunidad-SAC en lo que va del 2022.

En definitiva, no se trata de un hecho aislado en el país. Este tema del incumplimiento en la entrega de medicamentos en el mediano y largo plazo representa: un impacto negativo en la adherencia al tratamiento de cada paciente, aumento en el riesgo de complicaciones de la enfermedad que se intenta tratar, aumento en la carga económica del sistema de salud debido a la atención de ciudadanos sin medicinas, entre otros.

No es posible hablar del derecho a la salud en un país con esta radiografía. Los medicamentos deben entregarse en el momento en que el paciente los reclame, en el caso excepcional de que no se suministren todos estos, las EPS deberán entregarlos en un lapso no mayor a 48 horas, contado desde el momento en que el afiliado los reclame; esta entrega deberá hacerse en el lugar de residencia o trabajo del afiliado, cuando lo autorice éste (Minsalud, resolución 1604 de 2013).

En aquellos casos donde esto no suceda, el ciudadano podrá exponer a su EPS por medio de una petición, queja o reclamo la situación, apoyarse con la Superintendencia Nacional de Salud o ante la secretaría de salud de la ciudad o municipio sin importar si pertenece al régimen contributivo o subsidiado.

 

Por: Alexander Tique Aguilar

Twitter: @AlexanderTA