Cuando Comcel me obligó a firmar un nuevo contrato, debido a que cambié mi aparato celular, también me incluyeron, sin autorización, un servicio que se llama ‘Círculo Azul’.
El funcionario de Comcel, atrincherado detrás de un inmenso escritorio, me dio el nuevo contrato para firmar y me dijo: ‘¿Quiere el círculo azul? Son menos de 4 mil pesos mensuales’. Y me explicó que eso servía para emergencias que se presentaran en el hogar o con el vehículo. Le respondí que no. Y cuando me dio el contrato para firmar, coloqué de mi puño y letra una nota que dice ‘no quiero el Círculo Azul’.
Sin embargo, en la siguiente factura me llegó una cuenta de 4.000 pesos, por concepto de Círculo Azul.
Otro día que estaba en Comcel aproveché para reclamar. Y la señorita me dijo que el Círculo Azul es un servicio que le cubre a uno los daños de plomería, de electricidad, cerrajería y vidriería. Me convenció, diciéndome que por menos de 4.000 pesos mensuales estaría cubierto en esos casos. Pero lo que no me dijo es que no son todos los daños de plomería, cerrajería o vidriería.
Un tiempo después se dio una fuga de agua en el lavaplatos. Me acordé del Círculo Azul y entré a la página de Comcel, como me había dicho la señorita que me vendió el servicio, pero no encontré por ningún lado una referencia al servicio. Llamé al *611 y la persona que atendió tampoco lo encontró. Se demoró cerca de 10 minutos, hasta que dio con el sitio.
Al escribir este blog hice nuevamente la prueba: llamé al *611 y pregunté dónde encontrar en la página de Comcel el Círculo Azul. El funcionario se demoró 10 minutos en encontrar la respuesta, que no fue otra que escribir las dos palabras en el buscador de la página.
Aquel día de la fuga de agua, en Comcel me dijeron que para obtener el servicio del Círculo Azul debía llamar al #911 y que la llamada tenía un costo de 1.177 pesos, con el IVA incluido (otra cosa que no me había dicho la señorita). Llamé y me dijeron que ahí no era. Que debía llamar al #292, que también tiene un costo de 1.777 pesos.
Lo hice y me contestó una señora Olga, que me dijo que me enviaba de inmediato al plomero. Y realmente llegó bastante rápido. Pero no llevaba ni una caja de herramientas. Se limitó a entrar, a mirar el daño y a hacer una llamada por celular a su oficina. Ni siquiera se quitó el chaleco de la moto.
Al minuto me llamaron de Axa Asistencia, la aseguradora que presta el servicio a través del Círculo Azul. Una voz femenina me dijo a modo de regaño que ese daño no se cubre porque se dio en los grifos y no en el tubo madre del agua hacia el apartamento. Y que solo cubren la tubería fija de la vivienda.
Eso sí, se ofreció a hacer el arreglo, a un costo de 50.000 pesos por la mano de obra. Yo tenía que comprar el mezclador de los grifos del lavaplatos.
Por supuesto que les dije que no. Y llamé enseguida a Comcel, para cancelar ese seguro. Luego contraté a otro plomero, que me explicó que no había que comprar el mezclador sino que había que cambiarle dos empaques. Selló con cemento la parte trasera del mueble, por donde se estaba filtrando el agua y arregló las cisternas de los dos baños, todo por 50.000 pesos.
Para que a usted no le pase lo mismo, antes de aceptar el Círculo Azul lea el contrato. Lo encuentra en http://www.comcel.com/Secciones/Detalles.aspx?idNoticia=1806&buscador=1
Y para que vaya teniendo en cuenta, aquí le muestro algunas de las excepciones que hace el contrato en unos de sus apartes (el resaltado es mío):
«1.2.2.2. Plomería de Emergencia: Cuando se produzca rotura de las conducciones fijas de agua dentro de la Vivienda inscrita siempre y cuando no sean a consecuencia de maltrato o mal manejo o descuido de los usuarios, AXA ASISTENCIA enviará con la mayor prontitud posible un operario que realizará «La Asistencia de Emergencia» precisa para que la avería sea controlada, siempre y cuando el estado de las redes lo permita. AXA ASISTENCIA asumirá el costo del desplazamiento del profesional y cualquier procedimiento que se genere implicará cubrimiento hasta el resane.
Quedan excluidas de la presente garantía: la reparación de averías propias de grifos, cisternas, depósitos calentadores junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda, así como el taponamiento y arreglo de sifones, canales y/o bajantes, reparación de goteras debida a una mala impermeabilización o protección de cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni la reparación de averías que se deriven de humedades o filtraciones y las áreas comunes.
1.2.2.3. Electricidad de Emergencia: Cuando, a consecuencia de avería en las instalaciones particulares de la vivienda inscrita, se produzca falta de energía eléctrica en toda ella o en alguna de sus dependencias, AXA ASISTENCIA enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará «La Asistencia de Emergencia» necesarias para reestablecer (sic) el suministro de fluido eléctrico siempre que el estado de la instalación lo permita. Solamente el costo del desplazamiento del profesional, será a cargo de AXA ASISTENCIA.
Quedan excluidas de la presente garantía: la reparación de averías propias de mecanismos tales como enchufes, conductores, interruptores, etc. y/o reparaciones de las averías propias de elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos. Fluorescentes, etc. y/o la reparación de averías propias de aparatos de calefacción, electrodomésticos y en general cualquier avería propia de un aparato que funcione por suministro eléctrico.
1.2.2.4. Vidriería de Emergencia: Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de los vidrios de las ventanas o de cualquier otra superficie de cristal que forme parte del encerramiento de la vivienda del Beneficiario, AXA ASISTENCIA enviará a la mayor brevedad un técnico que realizará «La Asistencia de emergencia» siempre y cuando las circunstancias así lo permitan. Solamente el costo del desplazamiento del profesional, será a cargo de AXA ASISTENCIA.
Quedan excluidas de la presente garantía: todo tipo de vidrios que a pesar de hacer parte de la vivienda, en caso de una rotura no comprometa el cerramiento del domicilio del Beneficiario, la rotura de cualquier tipo de espejos, así como los gastos de ornamentación que se generen».