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Lina Ximena Velasquez Torres, Coordinadora consultorio Jurídico y docente de la Escuela de Derecho y Gobierno del Politécnico Grancolombiano

Cuando se requiere estudiar sobre una determinada disciplina siempre es necesario un método propedéutico, es decir la instrucción o formación que se realiza a modo de preparación para su aprendizaje. Es en este sentido que el proceso suele abarcar aquellos datos y conocimientos que se requieren para construir un pensamiento interpretativo sobre la disciplina, así, el aprendiz adquiere el manejo de conceptos que le permiten formar bases sólidas sobre los conceptos y elementos de la materia objeto de estudio. En materia de seguros no es diferente, por lo que en su primer acercamiento a esta disciplina el interesado debe adentrarse en conceptos que le permitan comprender e interpretar el mundo de los seguros, conceptos que van desde lo jurídico, que aborda temas técnicos y concluye en algunos aspectos comerciales.

Dentro de los conceptos, sin los cuales no es posible comprender el complejo mundo de los seguros, encontramos las características y elementos de la esencia del contrato de seguros, y es allí donde el aprendiz encuentra conceptos como transferencia del riesgo, interés asegurable, prima y obligación condicional. Es entonces cuando también comprende que la razón de ser y de existir de un seguro se debe a la existencia de los riesgos, y que estos a su vez requieren de un estudio, de una clasificación, de una caracterización y de uno métodos para enfrentarlos.

Dentro de el maremágnum de conceptos, características y clasificaciones, también se llega a la comprensión que los riesgos son un factor determinante para que muchas personas decidan o no, realizar una actividad, un deporte y, porque no decirlo, emprender una empresa comercial, el seguro es la fórmula para mitigar la incertidumbre que genera ese riesgo. Por eso, en los primeros pasos, dentro de la formación como profesional de la actividad aseguradora se adquiere la conciencia que el seguro, con sus elementos, dentro de las muchas virtudes contempla la de tener un valor psicológico, que consiste en remover la incertidumbre frente al riesgo y estimular la iniciativa empresarial.

En días pasados se expidió el decreto 579 del 15 de abril de 2020 con el fin de crear una serie de medidas de alivio, en un lapso de tiempo entre el 15 de abril y el 30 de junio, las cuales son la suspensión tanto de las acciones de desalojo para restituir el bien, el reajuste del cánones de arrendamiento que tuviere lugar en ese tiempo y contratos prorrogados hasta el 30 de junio, pero hubo una medida que empezó a tornarse muy relevante y es la que consiste en el deber de las partes de llegar acuerdos transitorios, equitativos y los más importante razonables para las dos partes, pero aquí se torna importante es que si las partes no se ponen de acuerdo en reajustar las condiciones, el arrendatario deberá cumplir con sus obligaciones de pagar los cánones de arrendamiento causados durante la vigencia del decreto.

Pero el arrendador no podrá dejar de lado unas observaciones importantes para el arrendatario, y se debe a que la suma que se causen en ese lapso de tiempo no se les pueden cobrar intereses moratorios, teniendo en cuenta todas y cada una de las medidas adoptadas en el decreto. He aquí donde cobra relevancia en estos tiempos de pandemia los seguros, ya que estos no solo estimulan la iniciativa individual, sino también la empresarial, protegiendo de eventualidades cuyos riesgos que son totalmente ajenos a su desarrollo y garantiza su continuidad. Por dar un ejemplo la póliza de arrendamiento, la cual tiene como finalidad que el arrendador de un inmueble reciba de forma oportuna los valores acordados por arrendamiento, en caso de presentarse un incumplimiento de contrato por parte del arrendatario.

Este tipo de pólizas ofrecen garantías frente a esos riesgos que muchas veces no se pueden  prevenir y logran ofrecer y dar tranquilidad al tomador de la póliza y dueño del inmueble (arrendador), claramente este año las compañías de seguros estarían enfrentando unos de los desafíos más grandes, y es poder cumplirle a cada cliente con la garantía y el fin de un seguro de arrendamiento en época de pandemia.

Para muchas aseguradoras esta podría ser una época difícil, ya que lo siniestros que se vienen son desmedidos, con el agravante que no se puede iniciar ninguna de las actuaciones anteriormente mencionadas durante ese lapso de tiempo que el decreto concedió. Siendo así las cosas, esto hace más difícil el panorama frente al cobro de los cánones de arrendamiento durante este determinado tiempo, y no se debe dejar de un lado lo fundamental, y es el no poder iniciar ninguna actuación y, además de esto, deben responderles a sus clientes con la cobertura y garantía que ofrece este tipo de pólizas. Aunque en esta época de pandemia para las compañías sea un escenario catastrófico, esta situación más adelante puede impactar drásticamente en los niveles de consumo de todo tipo de seguros a nivel local y mundial, por lo tanto impacta nuevamente en la velocidad de recuperación de estas compañías. Ya que la sociedad entendería que siempre hay que buscar la forma de asegurar su patrimonio frente a los diferentes riesgos como los reales, patrimoniales y personales.

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