Todos quienes protegemos nuestro patrimonio con el uso de pólizas de seguro, dejamos en manos de un experto la pérdida sufrida por si por un terremoto se cae la casa, o por si se incendia la fábrica, o por si se inunda la oficina por el desbordamiento del río, pero ¿Qué pasa si no hablaran solo de una casa, sino que lo hicieran de todo un barrio, o toda una ciudad? Es posible que esa casa, esa fábrica o esa oficina estén asegurados, que haya una compañía aseguradora que los respalde con pólizas de seguros y pague las indemnizaciones a que haya lugar. Ahora ¿Qué pasaría si fuera todo el barrio, o toda la ciudad, quienes estuvieran asegurados por esa misma compañía aseguradora y todas se vieran afectadas al mismo tiempo por alguno de esos riesgos catastróficos? Las cuantías de las pérdidas podrían ser tan altas que harían que una compañía aseguradora, por el pago de las indemnizaciones, perdiera su solvencia para responder por sus obligaciones financieras, parte o toda su liquidez, pudiendo llevarla hasta la quiebra.

Es en este escenario en el que aparece aquel que se conoce coloquialmente como el asegurador de la aseguradora: “El Reasegurador”, una persona jurídica que con sólidas bases financieras es capaz de respaldar a la compañía aseguradora, para que en caso de que un evento catastrófico se presente y castigue a muchos de los asegurados de la aseguradora, esta pueda recuperar parte o el total de la liquidez y solvencia perdidas por el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Es sano enfatizar en que no existe relación contractual entre el asegurado de la aseguradora y el reasegurador, lo que quiere decir que la aseguradora no queda exenta de su responsabilidad de pagar una indemnización alegando incapacidad de pago del reasegurador.

En Colombia, las sociedades de reaseguro se conocen también como entidades aseguradoras, y es la Superintendencia Financiera la llamada a vigilarlas. Todas las compañías reaseguradoras que quieran hacer negocios con aseguradoras en el país deberán estar registradas en el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguro del Exterior (REACOEX), donde suministran su información sobre condiciones de solvencia, experiencia y profesionalismo, que las aseguradoras podrán entrar a revisar antes de contratar con estas un servicio de reaseguro.

¿Qué es el reaseguro?

El reaseguro es un contrato entre la aseguradora y el reasegurador, en el que se ceden o se comparten riesgos asegurables: como el terremoto, la inundación, el incendio o la responsabilidad civil, entre otros. Cuando la aseguradora considera que técnicamente puede asumir una proporción de las indemnizaciones, sin afectar su capacidad financiera, pude decidir contratar el reaseguro de manera proporcional, donde las primas que pagan los asegurados a las compañías de seguros y el pago de los siniestros, se reparte en proporciones pactadas en el contrato de reaseguro. Por ejemplo, la aseguradora desea contratar un reaseguro en una relación proporcional 90:10, lo que quiere decir que el reasegurador se hace responsable del 90 % y la aseguradora retiene el 10 % de la cartera de riesgos.

De otro modo, se contrata un reaseguro no proporcional, donde las primas y el pago de sinestros no guardan ninguna relación proporcional, el pago de los siniestros dependerá del valor real de las pérdidas ocurridas y un límite de cobertura que se define entre las partes; quiere decir entonces que la aseguradora pagará todas las indemnizaciones y el reasegurador le responderá hasta el límite de la capacidad y el número de eventos contratados.

Existen reaseguros donde la aseguradora se da el lujo de decidir los riesgos que cede y en dónde el reasegurador también es libre de elegir los riesgos que acepta y rechaza, a esto se le denomina un contrato de reaseguro facultativo. Existen también contratos de reaseguros en los que la aseguradora de manera obligatoria cede al reasegurador los riesgos y el reasegurador se encuentra obligado a aceptarlos, este tipo de contrato se denomina reaseguro obligatorio.

Los reaseguros son importantes para las aseguradoras porque les permiten asumir más riesgos de sus asegurados, como por ejemplo de fábricas de automóviles, empresas farmacéuticas o grandes superficies, quienes constantemente pueden verse abocadas a riesgos de la naturaleza, de responsabilidad civil, de accidentes, o a situaciones o eventos de tipo social, cuyas cuantías de indemnización pueden ser tan altas que afecten su capacidad financiera y las hagan desaparecer. De no existir la posibilidad del reaseguro, este tipo de empresas tendrían muchas dificultades para contratar protecciones basadas en pólizas de seguros, que cubran sus pérdidas en caso de la materialización de riesgos catastróficos. Además, es de recalcar que el reaseguro protege la liquidez y la solvencia de las compañías aseguradoras.

¿Cuál es su diferencia con los seguros?

Ambos contratos dan cobertura a los riesgos de sus asegurados: asegurado para la aseguradora y aseguradora para el reasegurador, ambos contratos cubren las pérdidas financieras de sus clientes; la diferencia podría radicar en la capacidad financiera, pues el reasegurador está en capacidad de cubrir pérdidas financieras extraordinarias que superan por mucho, la capacidad financiera de una aseguradora.

 

Por:

Hugo Armando Guzmán Useche

Docente

Escuela de Administración y Competitividad

Politécnico Grancolombiano