Como buenos colombianos, nos hemos acostumbrado a dejar todo para última hora. Y como ocurre en los sistemas extremadamente flexibles y paternalistas, cumplimientos normativos importantes para las empresas y para el país, sufren aplazamientos y dilaciones.
Este es el caso del cumplimiento de la resolución 74854 de diciembre de 2016 de la Superintendencia de Puertos y Transportes, que impone la obligación, a todas las empresas de transporte de carga terrestre, de implementar y/o actualizar el Sistema de Prevención y Control de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva -Siplaft-.
En virtud de una comunicación publicada en la página de la Supertransportes el día de ayer, la fecha límite de reporte, a través del sistema VIGIA, de la implementación del Siplaft, ya no será el 30 de abril de 2017, sino el 15 de junio.
¿Qué implica esto? Básicamente que las empresas que aún no han establecido responsables, políticas y procedimientos para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo en sus operaciones cotidianas, o que teniéndolos en funcionamiento no han evaluado su efectividad y evolucionado su sistema, tendrán 45 días más para hacerlo y reportarlo formalmente. Así, se concede una última prórroga para que todas las empresas cobijadas por esta disposición se pongan en cintura.
No es imposible lograrlo. Cómo lo expliqué en un blog anterior, tener implementado el Siplaft no tiene que ser considerado una misión imposible; por el contrario, contando con la guía adecuada -como la que ofrecen empresas de consultoría especializadas y que son también proveedores de soluciones informáticas sencillas y confiables para la debida diligencia-, resulta algo viable y que no sólo le sirve al país, sino también a la empresa.
¿Cómo se puede beneficiar una empresa de transportes del Siplaft?
De acuerdo con una investigación realizada por la Uiaf en el año 2014, el sector de transporte terrestre de carga es uno de los más vulnerables al lavado de activos y financiación del terrorismo.
El volumen de operaciones; la multiplicidad de clientes y proveedores que normalmente vinculan; las facilidades existentes para el pago de operaciones con efectivo; son, entre otros aspectos, situaciones que incrementan el riesgo de ser utilizados por personas que realizan operaciones al margen de la ley. ¡Y aquí, el esgrimir la buena fe no exime de responsabilidades!
El estudio mencionado demuestra, a través de la descripción de las tipologías delictivas detectadas en el sector, que el riesgo no es imaginario, y que en cualquier momento se pueden materializar si la empresa no está preparada.
Operaciones como 1) Financiación de grupos terroristas por parte de empresas privadas; 2) Envío de dinero de origen ilícito utilizando empresas de transporte de mercancías; 3) Prepagos totales o parciales de obligaciones de leasing con dineros de origen ilícito; 4) Contrabando de insumos para redes de piratería; están claramente identificadas y explicadas en el documento mencionado que invito a consultar, amén de otras modalidades que en estos años se hayan ido desarrollando, pues como sabemos, el crimen nunca duerme.
Por esto, aplicar la debida diligencia para conocer a la contraparte en una operación, sea este socio, empleado, proveedor, cliente, aliado; y poner en marcha políticas y procedimientos de prevención; le permiten a la empresa blindarse contra este riesgo latente y evitar, por desconocimiento o descuido, convertirse en un colaborador de los delincuentes.
Ojalá las empresas aprovechen estos 45 días para desarrollar internamente su Siplaft y que comprendan que el cumplimiento normativo puede ser su mayor ventaja competitiva.
Epílogo: La experiencia en sistemas de gestión de riesgos indican que una implementación adecuada requiere una armonía entre técnicas, tecnologías y talento humano. Si está interesado en saber como se implementa adecuadamente el Siplaft puede escribirme a lmotta@sarlaftcol.com .
El ministerio de transporte aplica mano dura con unos, y muy blandengue con otros. Tal es el caso de la resolucion que daba hasta el 30 de abril como fecha limite para comercializar vehiculos sin ABS y sin airbags.
Pues magicamente ese plazo quedo ampliado en generosos 8 meses. Del mismo modo se deberian ampliar los plazos para renovar el pase, chancuco inventado para sacarle mas plata a la gente. o Las revisones tecnomecanicas para particulares,
que fraudulentamente las dejaron para renovar cada año cuando estaba cada 2. un particular harà maximo 15 mil km al año, y un publico le puede hacer 300 mil, entonces deberia tener al menos 20 revisiones tecnomecanicas al año, si se aplica el mismo rasero que al particular.
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