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Existen algunas pautas que, de ser aplicadas, permitirían que la batalla contra la corrupción desemboque en victoria.

Contar con parámetros regulados y estandarizados que den mayor transparencia y que además cuenten con mecanismos de control al proceso de contratación, fortalecer los equipos de auditoría y control interno de las entidades; aplicar de manera rigurosa la los controles y la debida diligencia a clientes y proveedores; gestionar de manera técnica y responsable los riesgos y apoyar la cultura de la denuncia, son medidas de gran impacto y que urge poner en práctica en Colombia. Más en este momento histórico en el que Colombia entra en una etapa de posconflicto y en la que se amerita una adecuada gestión de recursos para lograr eficiencia y generar condiciones de generación de confianza y paz duradera.

En esta entrada, y en virtud de la experiencia acumulada en el ejercicio de la auditoría forense, desarrollaré cada una de ellas.

1. Estandarización de parámetros en caso de contratación

La gestión por procesos es uno de los componentes del modelo de gobierno corporativo que es esencial para el control de la corrupción. Procesos definidos, eficientes, prácticos y de fácil control, simplifican y dan transparencia a la labor de la entidad, previniendo de manera indirecta la ocurrencia de delitos financieros.

En el campo de la contratación, la estandarización de procesos y procedimientos asociados es mucho más sensible, pues no es un secreto que en la definición de los pliegos de contratación se abre la primera compuerta a la corrupción. Elaborar pliegos “a la medida” es una de las malas prácticas que han salido a la luz en las investigaciones más sonadas que están vinculadas al detrimento del patrimonio público.

Si bien existen normas y pautas -como las de Colombia Compra Eficiente- para orientar la transparencia de los pliegos de contratación, aspectos como la definición de la experiencia requerida para celebrar cada contrato, o la fijación de los indicadores financieros que se deben demostrar, tienen un alto nivel de discrecionalidad, dando pie a que se dejen ‘coimas’ en el camino. Por esto, es importante avanzar en la definición de parámetros de referencia que limiten esta discrecionalidad, lo que implica fijar estándares objetivos y de obligatoria aplicación en todas las entidades del Estado.

Por la complejidad del sistema de contratación en Colombia, esta labor de estandarización y de fijación de parámetros resultará ardua, pero no porque sea difícil se debe dejar abierta esta compuerta que ha demostrado ser macabra.

2. Fortalecimiento de los equipos de auditoría y de control interno

Para que haya un adecuado seguimiento y control a las operaciones de contratación, no basta con tener establecidas leyes, normas, responsabilidades específicas en los manuales de funciones. La idoneidad de las personas que ocupan los cargos, el dominio de metodologías de auditoría de punta y la independencia y continuidad del equipo auditor en la entidad, son aspectos necesarios para controlar la corrupción. Aunque estas sean verdades de perogrullo, hay vacíos importantes que facilitan la corrupción.

En la práctica, en Colombia, no existe un perfil definido y de obligatorio cumplimiento para el nombramiento del equipo de auditoría y control interno en las entidades públicas, lo cual no solo deja dudas sobre la rigurosidad del trabajo realizado, sino que facilita vinculaciones con tinte político y contrataciones paralelas de equipos asesores que generan fuga en los recursos del erario.

Por aspectos de restricción presupuestal, las capacitaciones que puede impartir el Departamento Administrativo de la Función Pública, han demostrado ser insuficientes, con el agravante de la alta rotación de los funcionarios a buena cuenta de la denominada ‘mermelada’. Cuando llega un nuevo representante legal y directivo de entidad, este trae siempre consigo su grupo de trabajo. Cuando los funcionarios han entendido cuál es su papel y han adquirido experiencia y apropiado herramientas para realizar adecuadamente su labor, son reemplazados por un nuevo equipo.

Establecer el perfil que debe tener el equipo de control interno, asignar presupuesto suficiente para la capacitación permanente, dar garantías de estabilidad para disminuir la rotación y garantizar que el jefe de control interno sea nombrado por alguien diferente al que va a controlar, coadyuvaría a frenar la corrupción en Colombia.

3. Aplicación rigurosa de la Debida Diligencia

La debida diligencia permite un conocimiento profundo de las personas naturales y jurídicas (antecedentes, idoneidad ética, conflicto de intereses, entre otros aspectos), evitando que delincuentes o personas de mala fe reincidan. Si bien hay disposiciones en Colombia en este sentido, la debida diligencia no es una obligación general todavía y, en donde es obligatorio, el Estado no realiza un seguimiento adecuado para su cumplimiento, dos aspectos que se deben normalizar si queremos controlar la corrupción.

La debida diligencia no debe ser solo aplicada cuando se realice la vinculación de empleados sino también cuando se realicen procesos de contratación. Por medio de la debida diligencia un auditor forense no solo miraría que el contratado cumpla con los requisitos establecidos como hace un auditor interno, sino que constataría aspectos más profundos asociados a su proceder ético a partir de documentación oficial y disponible. Con la debida diligencia el auditor forense quien es el que aplica esta herramienta, y entra en el campo de la prevención.

4. Gestión responsable de riesgos, especialmente los de corrupción

Conocer, controlar y hacer seguimiento a los riesgos de corrupción es una obligación para las entidades públicas. A 31 de enero, todos los años las entidades deben hacer públicos los mapas de riesgos de corrupción y los planes para controlarla. Un análisis aleatorio de los mapas de riesgo y políticas anticorrupción publicados, evidencia que amparándose en los principios de autogestión, autoregulación y autocontrol, muchas entidades cumplen esta norma de manera superficial, por falta de elementos técnicos y/o humanos, o simplemente porque los equipos directivos que son los que al final aprueban estos mapas y políticas no desean ser controlados.

Empezar a implementar procesos de administración del riesgo de corrupción de manera seria y responsable, con las metodologías que tienen las compañías de auditoría forense, es clave y necesario. Si bien es cierto que este tipo de administración del riesgo requiere una inversión, a largo plazo cuesta menos prevenir el riesgo que asumirlo.

5. Apoyo a la cultura de denuncia

¿Por qué se dice que en el 76 por ciento las empresas que se ven sometidas al fraude no denuncian al defraudador? porque esto les acarrea un riesgo reputacional. Ese miedo al riesgo reputacional permite que el defraudador cometa delitos con tranquilidad ya que sabe que no será denunciado ni castigado. Se ha creado un mito alrededor de dicho riesgo.

Algunos bancos han desafiado esos mitos al exponer a los defraudadores; hoy denuncian, llevan estadísticas y tienen procedimientos para responderles a terceros cuando se presentan los fraudes. En el sector público, sin embargo, aunque se contemplan instancias internas y existen canales visibles y conocidos de denuncia externa, no son todavía suficientemente utilizados. Temores a represalias o la falta de independencia por la cadena de favores que rodean las contrataciones, hacen necesario revisar las disposiciones existentes para dar mayores garantías al denunciante.

Epílogo: Combatir la corrupción es viable. Ojalá el Estado tome pronto acciones en los ejes que hemos enunciado y se apoye en la etapa de posconflicto en las firmas de auditoría forense para que los logros en este campo en Colombia sean, en el 2017, la mejor noticia del año.

Ver también en: Huella Forense 

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