Hace poco la ministra de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible en una entrevista habló de algunas excepciones a la medida como lo son, las bolsas donde vienen empacadas las carnes en los supermercados, productos médicos y químicos que requieran de dichos recubrimientos.

Tiene sentido, aunque el hecho de que los vasitos, cubiertos, platos desechables, recipientes, el Icopor y las bolsas de basura no se encuentren en la prohibición y sigan en el mercado hasta el año 2030, me parece que genera un poco de polémica.

Claro, el punto clave de la Ley, como lo dice la ministra, es encontrar nuevas alternativas de negocio en el mercado que sustituyan estos productos y se conviertan en biodegradables (vemos opciones hechas a partir de la pepa de aguacate, el bambú, maíz, entre otros). Esto sin contar con las opciones de realizar productos a partir de plástico reciclado, o utilizar objetos como los cubiertos, de metal, que puedan usarse varias veces sin generar desperdicios.

Me parece importante hacer hincapié en que no es del todo fácil para los productores de plástico cambiar sus productos para que sean biodegradables, ni tampoco para el consumidor adquirirlos.

Pero es un proceso que se tiene que dar en pro de salvaguardar ecosistemas como los marinos que están bastante degradados y saturados por la cantidad de plásticos y microplásticos que arrojamos en ellos al año.

Algo que me llamó poderosamente la atención de la Ley 2232 del 2022 es el uso de la terminología del Modelo de Economía circular, entendiéndose este como el modelo que por excelencia promueve que los productos no salgan de su cadena de valor y así se evite que terminen en vertederos, basureros, o en los distintos ecosistemas. Algo que es y no es a la vez novedoso. Ya hay muchos países alrededor del mundo con años de experiencia en la aplicación de sus preceptos.

En este sentido, la Ley promueve que el plan de acción incluya la aplicación de este modelo no solo para los residuos sólidos en general, sino también para el etiquetado de los productos.

Y es que de nada sirve un producto biodegradable si su etiqueta es 100 % de plástico.

Asimismo, la Ley es benevolente para exceptuar los productos que cumplan con la aplicación de este Modelo Circular en el mercado. Incluso no solo se habla de exceptuar, es decir, que no les apliquen las disposiciones de la Ley, sino también de brindar incentivos positivos a quienes se acojan a este Modelo.

Por ejemplo, el establecimiento de líneas de crédito de bajo interés, incentivos a las compras públicas, entre otros.

Esto me parece realmente alentador ya que a pesar de que Colombia ha mencionado la aplicación de la circularidad en Planes de Desarrollo, CONPES, y en estrategias de MinAmbiente, realmente falta mucho para que los sectores sean verdaderamente circulares.

Pero si el Gobierno promueve esta buena práctica y brinda beneficios, la cosa va cambiando de oscuro a castaño.

Ahora, no nos olvidemos de la responsabilidad del consumidor.

La Ley es clara en establecer los incentivos informativos para que el consumidor pueda hacer un uso correcto de la disposición final de los productos, es decir, que la información sea clara y precisa para que todos la puedan comprender.

Sin embargo, esto no solo va acompañado de las opciones que el mercado nos brinde para que nos sumerjamos en la medida, sino también en la conciencia que vayamos generando al respecto.

«Ayudémoslos a ayudarle al Planeta”. Si no, va a ser muy difícil que se logren las metas.

Productores y consumidores esta es una GRAN oportunidad para encontrar nuevas ideas, modelos de negocio, incentivos, y formas de cambiar nuestros hábitos de consumo.

Subámonos todos al barco.

Los leo.