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“Los establecimientos de crédito, en sus políticas de apoyo a los deudores afectados por la situación ocasionada por el covid-19, deben incorporar como elementos mínimos el de no aumentar las tasas de interés, el no cobro de intereses sobre intereses y el beneficio de no reporte a las centrales de riesgo por acogerse a algún programa de beneficios”, Superintendencia Financiera de Colombia.

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Luego de que el Dane revelara la cifra de desempleo en Colombia para mayo de 2020, la cual marca que en el país el índice de desocupación, obviamente apalancado por la pandemia y las medidas de emergencia que se han tenido que tomar, ya se ubica en el 21,4 %, cada vez se hacen más necesarias las medidas de mitigación por parte del Gobierno Nacional para proveer a los más afectados con alivios financieros y periodos de gracia en sus obligaciones fiscales.

Comparado con el mismo periodo en el 2019, que presentó una tasa del 10,5 %, el incremento de personas desempleadas fue de 2,1 millones, por lo que actualmente el mercado laboral en Colombia cuenta con 4,9 millones de ciudadanos en situación de desempleo.

Vale la pena aclarar que esta dura situación económica hace parte de los efectos derivados de la pandemia por la que estamos atravesando en estos momentos y de lo difícil que se torna reactivar los diferentes sectores productivos en medio de la crisis. Por su parte, Juan Daniel Oviedo, director del Dane, señaló que a partir de este mes se conocerán los resultados sobre el mercado laboral y el desempleo cada quince días, modificando el sistema tradicional que lo hacía cada fin de mes.

¿A qué alivios financieros tenemos derecho en estos momentos de pandemia?

Si bien algunas de las herramientas que las entidades financieras han brindado a sus clientes para aliviar la dura situación económica vencen el próximo 31 de julio, la grave situación ha obligado a las autoridades a crear el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), el cual empezará a funcionar entre el primero de agosto y el 31 de diciembre.

Este PAD les permitiría a las entidades crediticias determinar las condiciones para definir nuevamente las obligaciones de los clientes, cuyos ingresos se han visto disminuidos en medio de esta coyuntura. De esta manera, los bancos y demás instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) podrán gestionar créditos en distintos términos y en todas sus modalidades (comercial, consumo, vivienda, microcrédito, etc).

Condiciones y características de los créditos

Independientemente de la entidad a la que usted acuda, al momento de aplicar para un crédito debe tener en cuenta lo siguiente:

–          Reducción de la cuota.

–          La tasa de interés pactada inicialmente no puede ser aumentada.

–          De acuerdo con cada caso, las entidades financieras pueden aplicar nuevos periodos de gracia.

¿A qué se refieren con periodo de gracia?

Es un periodo de tiempo acordado por dos partes, prestamista y acreedor, en el que se otorga un plazo para el pago de las obligaciones adquiridas, posterior al vencimiento del contrato, el cual sirve como un alivio para aquellas personas que, por una difícil situación económica, como la que se vive actualmente, o por condición de desempleo, se han visto obligados a suspender temporalmente el pago de su deuda.

Estos periodos de gracia o alivios financieros se traducen en beneficios al momento de pagar cargos relativos a préstamos bancarios, pagos de tarjetas de crédito y créditos rotativos. De esta manera es posible aplazar o, incluso, congelar los pagos de las cuotas, lo que alivia las cargas de las personas que han perdido sus empleos o que han visto reducidos sus ingresos.

Según la Superintendencia Financiera de Colombia, más de 11 millones de deudores se han visto beneficiados con los periodos de gracia, al tiempo que, hasta el 2 de julio, se habían desembolsado $ 4,5 billones, de $ 18,2 billones disponibles, en más de 110.000 créditos.

Así mismo, entre el 18 de marzo y el 30 de junio de 2020, la SFC había recibido más de 28.000 quejas o consultas en temas relacionados al acceso y aplicación para los periodos de gracia para los deudores impactados en sus finanzas por cuenta de la pandemia por coronavirus.

¿Quiénes pueden acceder a los alivios financieros?

Podrán aplicar a estos alivios financieros y periodos de gracia aquellos deudores que presenten una expectativa de recuperación razonable y que cumplan con las condiciones establecidas por cada entidad.

Es importante tener en cuenta que el saldo de las cuotas no pagadas en el periodo de gracia se ajustará de acuerdo con las nuevas condiciones de la deuda. De esta manera no habrá lugar ni para la capitalización de intereses ni de otros conceptos, como cuotas de manejo, seguros, etc., que no hayan sido diferidos. (Lo anterior aplica según las políticas de cada banco, y los créditos que se verán beneficiados con esta medida no podrán tener al corte del 29 de febrero de 2020 una mora mayor a 30 días)

Para tener en cuenta

Mientras que los cambios en las condiciones iniciales de los créditos no afectarán la calificación del deudor ni harán que sean reportados en las centrales de riesgo, es obligación de las entidades crediticias evaluar cada caso para brindarle a los deudores las mejores condiciones que conduzcan a su viabilidad financiera.

De acuerdo con la circular externa 007 de 2020, la Superintendencia Financiera de Colombia aclara que “los créditos objeto de estas medidas no se considerarán como modificaciones ni reestructuraciones; así mismo, y por un periodo de 120 días calendario, los créditos que al 29 de febrero de 2020 estuvieran en condición de modificados o reestructurados y como consecuencia de la coyuntura incurran en mora, las entidades deberán actualizar la calificación de riesgo de estos deudores conforme a su condición financiera y no le serán aplicables las instrucciones de rodamiento a las categorías reestructurado e incumplido”. Del mismo modo señala que “las entidades vigiladas deberán dar a conocer las políticas adoptadas y poner a disposición de sus clientes mecanismos de atención prioritaria para tramitar y resolver de manera ágil, las solicitudes y quejas en relación con las medidas previstas”.

Otros alivios financieros

Otra de las medidas que tomó el Gobierno Nacional fue la de permitir el retiro de las cesantías por parte de aquellos empleados que vieron reducidos sus ingresos mensuales por cuenta del coronavirus (se debe analizar muy bien esta opción con su fondo de pensiones y cesantías, pues por la misma coyuntura puede obtener unos recursos reducidos). Así mismo, los nuevos subsidios inmobiliarios se convierten en incentivos para adquirir vivienda nueva que buscan darle alivios a las personas que actualmente pagan altos costos de alquiler. De esta manera, tanto constructoras como cajas de compensación familiar y cooperativas de crédito hacen también parte de esta red que busca ofrecer alivios financieros y que cada uno debe consultar para mitigar el impacto de las deudas y acceder a los beneficios que correspondan por derecho.

Este año el Gobierno lanzó 100.000 nuevos cupos de subsidios de vivienda sin monto máximo de ingresos, donde se pueden comprar vivienda de hasta 430 millones de pesos, si quieres saber cómo solicitar tu subsidio da clic aquí.

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