Por: Reynaldo Espinosa, Presidente Ejecutivo de Concordia Investments

No hace mucho tiempo, se los acercó un cliente para comentarnos todos los problemas financieros que estaba viviendo. Bancos impagos con duras calificaciones de riesgo, pagos extendidos a proveedores y una caja muy escueta para pagar la planilla del mes. La posición del cliente era básicamente solicitar ante la Superintendencia de Sociedades el inicio de un proceso de reorganización bajo Ley 1116. Como siempre hacemos, solicitamos información financiera del cliente para entender qué es lo que estaba pasando. Nos percatamos que en los últimos 3 años, las ventas habían caído cerca de un 40%, tendencia que no había sido reproducida en su estructura de costos.

La Ley 1116 es una excelente herramienta para lograr el refinanciamiento de pasivos utilizando quorums de mayorías, pero la aplicación de la Ley 1116 por si misma no va a permitir sanear o normalizar aquellos temas que están afectando la salud financiera de la compañía. En este sentido, una reorganización empresarial por vía concursal es sólo una solución legal a un problema económico. Es una inyección de oxígeno temporal a una compañía enferma, pero en ningún caso un tratamiento a la enfermedad que lo aqueja.

En muchas ocasiones no hay mas remedio que solicitar la Ley 1116 ante una dura situación de insolvencia, embargos e impagos, pero esta siempre debe ir acompañada de un turnaround plan que ataque los problemas de fondo de la empresa. En el caso de nuestro cliente, el problema estaba radicado en el numero de contratos perdidos y la escasa dinámica en la consecución de nuevos contratos. Probablemente tendremos que investigar en detalle productos, niveles de servicio, competencia, precios, distribución y fuerza de ventas para lograr entender qué está causando esta pronunciada baja en ventas. Definitivamente la solicitud de ingreso a reorganización empresarial no va a solucionar el problema de ventas de la compañía.

Para mayor detalle ver: Hacer frente a una crisis financiera o Turnaround Management.

Nuestra experiencia es que ante la enfermedad, las empresas familiares tienden a ‘automedicarse’ y esperar un saneamiento que muchas veces no sucede. Cuando los cambios no se producen en los tiempos correctos, entonces las situaciones de iliquidez o insolvencia tienden a agravarse y las soluciones tienden a ser muchísimo más gravosas para la empresa y sus accionistas.

El proceso de Turnaround pasa por realizar un diagnóstico de la situación, definir un plan de acción y asegurar una eficiente ejecución del mismo. Por lo general, el Turnaround requiere de nombrar uno o más cargos en administración que permitan asegurar la experiencia necesaria para desarrollar el mandato encomendado. El trabajo es arduo y requiere de las mejores personas disponibles.

Si usted está pensando en incorporar su empresa en Ley 1116, piense primero en definir el plan de turnaround para después apoyar el plan general con una reestructura de acreencias bajo ley concursal. Recuerde que los problemas en el management se solucionan con cambios efectivos a nivel de la administración del negocio y no con la aplicación de una Ley.

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