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Se avecina conflicto de competencias: tanto la Fiscalía ordinaria como la Justicia Penal Militar adelantan investigaciones.

Se explica qué se entiende por Justicia para Anderson Arboleda (y los efectos deseables de un litigio estratégico).

En este primer boletín mensual de la Clínica Legal Justicia para Anderson Arboleda*, cuando se han cumplido dos meses de su muerte, encontrarán:

• Nuevos detalles del caso.

• ¿Qué se entiende por Justicia para Anderson Arboleda?

• Tanto la Justicia Penal Militar como una Fiscalía ordinaria están investigando los hechos.

Anderson Arboleda.El joven Anderson Arboleda murió como consecuencia de golpes que presuntamente le propinó en la cabeza un policía con su bastón.

Los hechos ocurrieron el martes 19 de mayo de 2020 aproximadamente a las 11:00 p. m. en el barrio Santa Elena de Puerto Tejada, Cauca. En el informe de su autopsia se lee que su muerte fue a causa de “lesiones encefálicas presentadas por traumatismo contundente”.

1) Nuevos detalles del caso: Fiscalía ordinaria formulará imputación

Esta clínica legal pudo averiguar que, hasta la fecha de este boletín, están siendo investigados dos (2) policías por el delito de homicidio agravado bajo el expediente 76001600019320204423, que se encuentra en etapa de indagación, acopiando elementos materiales de prueba y evidencia física.

La indagación está a cargo de la Fiscalía 05- Seccional Unidad de Homicidios Dolosos y Feminicidios de Santander de Quilichao, Cauca. Por parte de la Procuraduría, se designó a la Agencia Especial 17886, a cargo de la Procuraduría 226 Judicial I de Santander de Quilichao.

La indagación está muy adelantada y faltan actos investigativos para consolidar la inferencia razonable de autoría y/o participación. Se está a la espera de los resultados para formular la imputación.

Por ahora, la Fiscalía guarda reserva sobre los nombres de los implicados, pero se harán públicos una vez se llame a imputación.

2) ¿Qué se entiende por justicia para Anderson Arboleda?

Decir que haya justicia para Anderson Arboleda implica que se cumplan tres tipos de sanciones: disciplinaria, penal y administrativa. Además, se busca que, en lo posible, el caso tenga efectos de litigio estratégico.

2. 1 Sanción disciplinaria

El proceso disciplinario se rige por la Ley 1952 de 2019, cuyo principal objetivo es regular la actuación de los servidores públicos. Según el artículo 48 de la ley mencionada, se espera que los victimarios reciban una de estas sanciones:

1) Destitución e inhabilidad general; 2) Suspensión en el ejercicio del cargo; 3) Multa.

2.2. Sanción penal

Se pretende una sanción penal (privación de la libertad) en razón a que el homicidio de Anderson Arboleda es un delito tipificado en el artículo 103 del Código Penal.

2.3 Sanción patrimonial al Estado

Debido a que el Estado, por medio de la Policía Nacional, habría incurrido en una falla del servicio y atentado contra la vida de Anderson Arboleda, en lugar de protegerla, es posible reclamar ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa una reparación directa para obtener el pago por los perjuicios derivados de la falla en el servicio público de la policía.

2.4 Litigio estratégico

Este caso ha sido de alto interés para la población afrocolombiana. Por tal razón, se debe procurar que, al dictarse fallos, se constituyan en precedente de no impunidad de abusos policiales contra afrocolombianos y de compromiso institucional de mejoramiento de la formación en derechos humanos para los agentes de la Policía Nacional.

3) ¿Habrá conflicto de competencias en la investigación penal?

El general Óscar Atehortúa, director de la Policía Nacional, dijo en un video del 6 de junio de 2020 que el Juez 183 de Instrucción Penal Militar, con base en la ciudad de Popayán, adelantaba investigaciones penales sobre el caso.

Este es un tipo de justicia se encarga de la investigación y juzgamiento de los delitos cometidos por miembros uniformados de la Fuerza Pública en actos relacionados con el servicio.

Sin embargo, esta Clínica Legal conoció que, paralelo a esta investigación, la Fiscalía Seccional de Santander de Quilichao también abrió un proceso penal, lo que podría derivar en un conflicto de competencia que tendría que dirimir el Consejo Superior de la Judicatura.

3.1. ¿Cuál es el plazo para formular imputación o archivo de indagación?

El primer parágrafo del artículo 175 del Código de Procedimiento Penal contempla por regla general un término de dos años para que la fiscalía formule la imputación u ordene el archivo de la indagación; los dos años se cuentan a partir de la recepción de la noticia criminal, en este caso, la respectiva denuncia del homicidio de Anderson.

4. ¿Qué función cumple la Procuraduría en el proceso y qué ha hecho hasta ahora?

La función de la Procuraduría General de la Nación es intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.

Entre sus funciones específicas están procurar el cumplimiento del debido proceso, solicitar condena o absolución de los acusados, procurar la indemnización de los perjuicios causados, denunciar fraudes y velar porque se respeten los derechos de quienes intervienen en el proceso.

Una vez se conoció el caso de Anderson Arboleda, la Procuraduría realizó una reunión urgente de cuatro procuradurías delegadas, se contactó a los familiares y se asignó un Procurador Judicial Penal para hacer seguimiento al proceso.

El 17 de junio informó en un comunicado que la entidad asumió por poder preferente el proceso disciplinario que adelantaba la Policía Nacional y asignó a un Agente Especial del Ministerio Público para acompañar el proceso penal.

Para comunicaciones: liderazgocolordecolombia@gmail.com

Bogotá y Puerto Tejada, Cauca, 27 de julio de 2020.

Logo Clínica Legal Anderson Arboleda

  • Qué es la “Clínica Legal Justicia para Anderson Arboleda”

Es un ejercicio académico y social de destacados estudiantes de Derecho y Comunicación de las universidades Javeriana de Cali, del Cauca y del Valle, residentes en Puerto Tejada, Cauca, para hacer seguimiento público al desarrollo de los procesos penal, disciplinario y de reparación directa por la muerte del joven Anderson Arboleda como consecuencia de agresiones por
parte de uniformados de la Policía Nacional, el 19 de mayo de 2020.

La Clínica cuenta con el apoyo de la Fundación Color de Colombia y prestigiosos expertos en derecho penal.

  • Qué hará  la Clínica Legal 

1) A través de solicitudes a la Procuraduría General de la Nación ejercer seguimiento a los términos de los procesos disciplinario y
penal.

2) Ofrecer análisis jurídicos al abogado apoderado de la familia de la víctima, con asesoría de alto nivel.

3) Producir mensualmente al menos un boletín de prensa y organizar cada cuatro meses un webinar jurídico sobre la situación de los procesos judiciales por la muerte de Anderson Arboleda.

4) Contribuir a que este caso tenga efectos de litigio estratégico para la población afrocolombiana frente a los abusos policiales.

  • Integrantes

Leonardo Chantre Ruiz y Kelly Fabiana Chará Gómez, estudiantes de derecho de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali, Ser Pilo Paga 3 y 4, respectivamente.

Ana María Escobar Mera, estudiante de derecho en la Universidad del Cauca, y Juan David Morales Giraldo, estudiante de Comunicación Social y Periodismo en la Universidad del Valle

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