Interpretando advertencias: ¿Qué es doblar resultados operacionales?
La Fuerza Pública en Colombia es una institución que históricamente ha estado atada a polémicas, intereses, reveses y desacuerdos; hechos que han marcado sin duda a la institución conforme a sus resultados operacionales y que hacen difícil, en cierto sentido, superar los errores y horrores de la guerra.
Actualmente, la coyuntura política y social del país nos ha llevado a un lugar común de debate, que es un efervescente antimilitarismo. Precisamente, este tipo de síntomas fueron jalonados por el reportaje publicado por el New York Times que profundizaron la polarización y que, de manera soterrada, promueve una agenda política así el diario estadounidense lo niegue de manera enfática y al mismo tiempo no se quiera ver de esa manera.
La nota del New York Times titulada ‘Las órdenes de letalidad del ejército colombiano ponen en riesgo a los civiles, según oficiales’, advierte que presuntamente habrían presiones a militares para duplicar las bajas en combate. Sin embargo, la tesis central del Times no parece justificar una política operacional en la actualidad que aliente las ejecuciones extrajudiciales.
Las dimensiones del lenguaje: “doblar resultados operacionales”
Cuando estalló la polémica me cuestioné si estábamos interpretando hechos o si, de alguna manera, estábamos interpretando interpretaciones. Suena algo confuso pero la premisa parte de allí de acuerdo con la respuesta del NYT en su editorial.
Muchos pueden acertar que el NYT es una gran casa editorial; que tiene buenas investigaciones, buenos reportajes y buenas notas periodísticas, pero esto no significa que sean infalibles. Los documentos que fueron presentados como material probatorio no sustentan la tesis central del periodista Nicholas Casey. Es decir, el reportaje es una condición necesaria pero no suficiente para advertir que ese tipo de directivas operacionales terminarán en ejecuciones extrajudiciales así como ocurrió con la directiva ministerial 029 de 2005 que salió a la luz pública en 2007 y que destituyó a más de 20 militares y tiene a otros altos mandos investigados tocando las puertas de la JEP y a otros sentenciados penalmente en la justicia ordinaria.
— Nick Casey (@NickCaseyNYT) May 20, 2019
Se explica que el Mayor General Nicacio Martínez, comandante del Ejército colombiano, “reconoció haber emitido las nuevas ordenes y exigir que los oficiales establezcan objetivos concretos para matar, capturar o forzar la rendición de los grupos criminales y rebeldes”. Y señaló que por medio de instrucción a los principales comandantes se les ordenó “doblar resultados” en todos los niveles de mando. Es quizá esta última palabra el objeto de la discordia, “doblar resultados”.
El documento del Ejército que tiene como asunto “envío de planteamiento de objetivos 2019” no establece explícitamente un número o porcentaje en que aumentarán sus bajas en el año en curso. Asimismo, otro documento en el que se detalla la efectividad operacional pone en entredicho la versión del NYT, que es justamente donde el General Martínez discrepa y señala no casarse con lo dicho por el diario, argumentando que parece más una interpretación de Casey desde un punto de vista externo al conflicto y por fuera del marco lingüístico empleado por las fuerzas militares. Lo que sí es cierto y cabe aceptar es que la planilla operacional que fue divulgada estuvo mal diseñada, que además contenía errores de semántica y que posiblemente ´hubo´ o hay intenciones de un grupo de oficiales de sacar provecho de ello. Toda esta seguidilla de factores fueron (a mi juicio) exacerbados, de la mano de un pleno desconocimiento operacional de las reglas de combate del Ejército colombiano.
Este argumento es reforzado por las políticas de mando alineadas a la actual Política de Defensa y Seguridad expedida por el presidente Iván Duque y que llevan consigo la firma del General Martínez y que en estricto sentido no prescribe una orden de “doblar resultados”, en el entendido de muertes sino, por el contrario, es un manual diseñado de acuerdo a las directivas del derecho operacional en el que enfatizan que los “resultados legítimos hablan por sí solos”. Lo que significa que cualquier resultado por fuera del marco de la legalidad no es y no deberá ser aceptado. Sobre este punto, es también preocupante que las palabras utilizadas en el reportaje en ingles no sean las mismas empleadas en su traducción al español, por lo que hace más difícil concluir que se entienda que el concepto “doblar resultados” sea el mismo entendido por Martínez y por Casey.
Precisamente, una fuente de alto rango militar me comentó que los objetivos operacionales medidos entre un rango de 60% o 70% pertenecen a un marco de política de estrategia militar de experiencias pasadas a raíz de las necesidades y exigencias que el país vive por cuenta de la existencias de diversos grupos armados ilegales. Y que justamente, la toma de decisión en la forma de conducir la confrontación armada no obedece a criterios arbitrarios sino que se encuentran en estándares de justicia internacional y local. En este sentido, resaltan dos indicadores muy comunes que se pueden encontrar en cualquier plan estratégico; la eficiencia y la eficacia. Me explicaba entonces, que si se va a realizar una captura, no se pierda la ida. Que si va a ejercer control territorial, no se permita que hayan saboteos o hechos no permitidos en esa región, entre otros factores que son medidos.
Por razones de transparencia, entrego a la opinión pública el cuestionario del New York Times y las respuestas dadas al periodista frente al mismo. pic.twitter.com/NqnSIWddiX
— General Luis Emilio Cardozo Santamaría (@COMANDANTE_EJC) May 18, 2019
De manera que la efectividad de las operaciones se entiende cuando se maximiza el uso de los recursos en ese rango establecido para obtener un resultado, he ahí el por qué de “doblar resultados”. Por ejemplo, ganar legitimidad en un territorio sin la necesidad de un solo disparo con el envío de personal militar profesional capacitado en salud y en ingeniería para que sirva de apoyo a las comunidades. O si por el contrario, se busca neutralizar o capturar un alto objetivo militar se despliega una división para cumplir tal labor.
La polémica dejó entrever varios factores que están mal, entre ellos, la estigmatización al periodista Casey que obligó su salida del país, el argumento de que los militares solo llegan a disparar y no son gobernados por reglas jurídicas y el impase de la Revista Semana que terminó con el despido de Daniel Coronell, uno de sus más importantes columnistas, por haber increpado a la revista de no publicar la misma investigación cuando la tuvieron en sus manos. Tengo el presentimiento que tanto Semana como yo, creíamos que se partía de interpretaciones y no de hechos.
Entre el conocer y desconocer las reglas
Un marco operacional sin lineamientos resultaría como cuando un navío se pierde en altamar y posteriormente naufraga. Esta analogía evidencia que tanto para el Estado colombiano como para su Fuerza Pública es importante tener un cuerpo normativo robusto y compatible con estandares internacionales de justicia que permita llevar a cabo los objetivos misionales encargados por la Constitución Política. Lo que ratifica que el general Martínez tenía total conocimiento de los documentos no solo porque él firmó las órdenes, sino también porque el periodista se los presentó y el alto oficial no rebatió su legitimidad. En otros términos, conocía que dicha directriz partía de la buena fe militar y legal.
En este sentido, conviene aclarar que la defensa de la soberanía, la independencia y la integridad del territorio nacional y del orden constitucional del Ejército se deriva de su misionalidad constitucional. Y que las directrices o manuales operacionales están sujetos a un marco jurídico sobre el cual se despliegan sus actividades operacionales y estamentos, con especial atención en los Derechos Humanos (DD.HH.), Derecho Internacional Humanitario (DIH), Derecho Internacional de los Conflictos Armados (DICA) y otras regulaciones de suma importancia como lo es el fuero penal militar, al igual que aspectos disciplinarios, administrativos y penales que enmarcan la legalidad de la función de la Fuerza Pública.
Pero el resultado de la denuncia fue retirar la circular.
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